Orden Foral 205/2013, de 19 de abril, de denegación de la aprobación definitiva y aprobación definitiva del expediente de la quinta modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Iruraiz-Gauna.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral

ANTECEDENTES

Primero.- El Ayuntamiento de Iruraiz-Gauna acordó, en sesión del día 29 de junio de 2012, aprobar inicialmente el expediente de la quinta modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento, así como someterlo a información pública, hecho que fue practicado mediante la inserción de los oportunos anuncios en el BOTHA nº 87, de 30 de julio de 2012, en el periódico Diario de Noticias de Álava de 30 de julio de 2012, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y notificación a las Juntas Administrativas del municipio.

Segundo.- Durante el periodo de información pública no fue presentada alegación alguna, por lo que el Ayuntamiento procedió, en sesión del día 18 de octubre de 2012, a aprobar provisionalmente el expediente y notificar dicha resolución a las Juntas Administrativas del municipio.

Tercero.- La Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco informó favorablemente el expediente en su sesión 8/2012, de 11 de diciembre, de la Sección de Planeamiento Urbanístico de Álava.

Cuarto.- El Ayuntamiento de Iruraiz-Gauna remitió el expediente para su aprobación definitiva, con fecha de entrada en el Registro de esta Diputación de 28 de enero de 2012.

Quinto.- Asimismo, en cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto Foral del Consejo de Diputados núm. 155/99, de 14 de diciembre, este expediente fue informado por la Comisión de Urbanismo de Álava en su Sesión 2/2013, de 12 de marzo.

FUNDAMENTOS

Primero.- El expediente tiene por objeto seis modificaciones que afectan a los artículos 200 y 203 de la normativa y que a continuación se enumeran:

Artículo 200

Suelo no urbanizable.

1.- Regular y modificar la altura de los aleros de las edificaciones destinadas a almacenes agrícolas. 2.- Regular y modificar la edificabilidad de las edificaciones destinadas a almacenes agrícolas. 3.- Regular y modificar la distancia de explotaciones ganaderas al límite del suelo urbano y urbanizable.

4.- Regulación de parámetros urbanísticos aplicables a las edificaciones destinadas a autoconsumo en suelo no urbanizable.

Artículo 203

Suelo Urbano.

1.- Regular y modificar los materiales de los cierres de parcela. 2.- Regular los parámetros urbanísticos de las edificaciones auxiliares (porches, casetas, leñeras, etc.)

Segundo.- El expediente tramitado por el Ayuntamiento de Iruraiz-Gauna ha coincidido temporalmente con la aprobación y entrada en vigor del Decreto 211/2012, de 16 de octubre, del Gobierno...

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