De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y para conocimiento de doña María Teresa Castro Moduga-Jose Ignacio Ibarra Rivas, cuyo último domicilio conocido fue en Bilbao, calle Lozoño, número 7, 6.o dcha., adjunto se publica la siguiente comunicación que figura en el expediente EB2-1942/96-EE-38. ...

SecciónAdministración Autonómica del Pais Vasco
EmisorDepartamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y para conocimiento de doña María Teresa Castro Moduga-Jose Ignacio Ibarra Rivas, cuyo último domicilio conocido fue en Bilbao, calle Lozoño, número 7, 6.o dcha., adjunto se publica la siguiente comunicación que figura en el expediente EB2-1942/96-EE-38.

En relación con su petición de una vivienda de protección oficial y de conformidad con el listado (zerrenda/lista 581) elaborado conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de la Orden de 16 de abril de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos sociales que regula entre otros procedimientos el de segundas y posteriores adjudicaciones en régimen de alquiler de viviendas de protección oficial, esta Delegación Territorial le(s) ofrece, en régimen de arrendamiento, la vivienda social propiedad de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco sita en el municipio de Arrigorriaga , San Antonio (Plaza) número 4-5 A, de 67,68 m2 útiles de superficie (2 dormitorio/s), que tiene como anejos vinculados el trastero número 38 P. bajo cubierta, de 5,22 m2 útiles de superficie, y el garaje núm. 39 sotano 1, de 25,94 m2 útiles de superficie.

El contrato de arrendamiento tendrá una duración de un (1) año. Llegado el día del vencimiento del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, éste se prorrogará por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración de cinco (5) años, salvo que el...

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