La Alcaldía-Presidencia, por resolución número 769 de fecha 4 de junio de 2003, ha dispuesto lo siguiente: Primero: Aprobar inicialmente el Plan Especial de Reforma Interior de la unidad de ejecución de suelo urbano industrial UET-Mallabiena, ...

SecciónAdministración Local del Territorio Histórico de Bizkaia
EmisorAyuntamiento de Iurreta

La Alcaldía-Presidencia, por resolución número 769 de fecha 4 de junio de 2003, ha dispuesto lo siguiente:

Primero: Aprobar inicialmente el Plan Especial de Reforma Interior de la unidad de ejecución de suelo urbano industrial UET-Mallabiena, elaborado por los arquitectos don Carlos Maurtua Ormaechea y doña Catalina Hernández Cardona, y presentado por don Andrés Orobiogoicoechea Vizcarra, que actúa en nombre y representación de la mercantil «Tejera de Durango, Orobiogoicoechea y Cía, S.L.», y don Iñaki Uriarte Biguri, que actúa en nombre y representación de la mercantil Automóviles Aldiak, S.A., debiendo introducir las siguientes correcciones,

  1. En la página 40, deberá suprimirse el apartado 1.5.3.6. al no exigirse legalmente tal determinación expresamente para el P.E.R.I.

  2. La página 55 deberá guardar la misma redacción que el apartado 5.3 del documento.

  3. En la página 57, deberá especificarse que la cesión del 10% se producirá en el conjunto de la unidad de ejecución.

  4. En la página 57, los arts. 85 y 45 no se refieren a lo indicado "cesiones obligatorias" sino a artículos del derogado Texto refundido de la Ley del Suelo de 1992.

  5. En la página 58, se tendrá en cuenta y se hará referencia al art. 14 de la Ley 6/98, referido al suelo urbano, y no al art. 18 de la misma Ley, referida esta última al suelo urbanizable.

  6. En la página 59, en el apartado B, se hará referencia al deber de conservación de los propietarios.

  7. En la página 60, deberá eliminarse la referencia al art. 223, ya que corresponde a un precepto derogado.

  8. En la página 78 existe un error tipográfico, ya que debiera mencionar la Ley 5/98.

  9. En la página 86, se indicará que la conservación y mantenimiento será a cargo de la asociación de conservación que se constituya al efecto.

  10. En los planos de la red viaria, se definirá el vial rodado con una anchura de 7 metros en continuidad con el SAPU colindante.

  11. Actualizar el plano G-4, relativo a la relación del SAPU-T-Mallabiena y UET-Mallabiena.

  12. Se deberá grafiar el antiguo camino a Burgetena.

Segundo: Someterlo a información pública durante quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la última de las publicaciones del anuncio referente al expediente en el tablón de edictos de la Casa Consistorial, «Boletín Oficial de Bizkaia» y en uno de los diarios de mayor circulación del Territorio Histórico.

Tercero: Notificar la presente resolución a los titulares de las fincas ubicadas en dicha unidad de ejecución:

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