Decreto Foral 79/2009, del Consejo de Diputados de 22 de diciembre, que modifica los porcentajes de retención e ingresos a cuenta aplicables a los rendimientos de trabajo y a otras rentas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

La Norma Foral 3/2007, de 29 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, dedica el Capítulo II de su Título XII a los pagos a cuenta, que son objeto de más amplio detalle en el Título VII del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado mediante Decreto Foral 76/2007, de 11 de diciembre.

El objeto principal del presente Decreto Foral es la aprobación de una nueva tabla de porcentajes de retención aplicables a los rendimientos del trabajo a partir del día 1 de enero del año 2010.

Al mismo tiempo, se incrementa del 18 por ciento al 19 por ciento el porcentaje de retención sobre ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, así como sobre los rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes inmuebles.

En coherencia con lo anterior, en el Impuesto sobre Sociedades se eleva al 19 por ciento el porcentaje de retención aplicable a los rendimientos del capital inmobiliario y a determinadas ganancias patrimoniales.

También se procede a modificar la determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del método de estimación directa aplicable a la actividad de elaboradores de vino y a las actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras.

Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria.

En su virtud, a propuesta del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy,

DISPONGO

Artículo 1 Modificación del Decreto Foral 76/2007, de 11 de diciembre, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Se modifican los siguientes preceptos del Decreto Foral 76/2007, de 11 de diciembre, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 107 que quedará redactado como sigue:

"1. Tabla general de porcentajes de retención:

Importe rendimiento anual Número de descendientes
Desde Euros Hasta Euros 0 1 2 3 4 5 Más
0,01 12.130,00 0 0 0 0 0 0 0
12.130,01 12.610,00 1 0 0 0 0 0 0
12.610,01 13.140,00 2 0 0 0 0 0 0
13.140,01 13.710,00 3 1 0 0 0 0 0
13.710,01 14.330,00 4 2 0 0 0 0 0
14.330,01 15.020,00 5 3 1 0 0 0 0
15.020,01 15.770,00 6 4 2 0 0 0 0
15.770,01 16.790,00 7 5 3 0 0 0 0
16.790,01 18.060,00 8 6 5 1 0 0 0
18.060,01 19.290,00 9 8 6 3 0 0 0
19.290,01 20.460,00 10 9 7 4 1 0 0
20.460,01 21.380,00 11 10 8 5 2 0 0
21.380,01 22.600,00 12 11 9 7 3 0 0
22.600,01 23.710,00 13 12 10 8 4 1 0
23.710,01 25.480,00 14 13 11 9 6 2 0
25.480,01 27.890,00 15 14 13 10 8 4 0
27.890,01 30.780,00 16 15 14 12 9 6 0
30.780,01 34.340,00 17 16 15 13 11 8 0
34.340,01 37.250,00 18 17 16 14 12 10 2
37.250,01 39.910,00 19 18 17 16 14 11 4
39.910,01 42.730,00 20 19 19 17 15 13 7
42.730,01 46.000,00 21 20 20 18 17 15 9
Dos. Se modifica el apartado 4 del artículo 107 que quedará redactado de la siguiente forma

"4. Trabajadores activos discapacitados.

A...

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