ORDEN FORAL 1016/2001, de 19 de octubre, en relación con el expediente de Texto Refundido de Plan Parcial del Sector ZV35 Areta, del Plan General de Ordenación Urbana de Llodio y Normativa.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 23 de Noviembre de 2001 , * B.O.T.H.A. Num. 134I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Ordenes ForalesDEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO Ref. 6.741ORDEN FORAL 1016/2001, de 19 de octubre, en relación con el expediente de Texto Refundido de Plan Parcial del Sector ZV35 Areta, del Plan General de Ordenación Urbana de Llodio y Normativa. "Visto el expediente de Texto Refundido de Plan Parcial del Sector ZV35 Areta, del Plan General de Ordenación Urbana de Llodio. ANTECEDENTES Mediante Orden Foral número 673/01, de 9 de julio, del Diputado de Obras Públicas y Urbanismo, se aprobó definitivamente el expediente de Plan Parcial del Sector ZV35 Areta, del Plan General de Ordenación Urbana de Llodio. La ejecutoriedad de la citada Orden Foral, no obstante, quedó condicionada a la introducción en el expediente de las modificaciones que se señalaban en la misma. Con fecha 28 de septiembre de 2001, el Ayuntamiento de Llodio ha remitido a la Diputación el Texto Refundido del expediente a fin de que sea declarada la ejecutoriedad del mismo. FUNDAMENTOS Analizada la documentación aportada se comprueba que ha dado cumplimiento a las modificaciones impuestas en la Orden Foral mencionada. En su virtud, en ejercicio de las facultades que me competen, DISPONGO: Primero.- Dar por cumplidas las condiciones impuestas en la Orden Foral número 673/01, de 9 de julio, del Diputado de Obras Públicas y Urbanismo, por la que se aprobaba definitivamente el expediente de Plan Parcial del Sector ZV35 Areta, del Plan General de Ordenación Urbana de Llodio. Segundo.- Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava. Tercero.- Contra la presente Resolución podrá ser interpuesto recurso potestativo de reposición ante el mismo Órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación o su publicación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, asi como en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente." Lo que se publica para general conocimiento. Vitoria-Gasteiz, a 19 de octubre de 2001.- El Diputado Foral titular del Departamento de Obras Públicas y Urbanismo, ANTONIO AGUILAR MEDIAVILLA. ORDENANZAS REGULADORASPLAN PARCIAL DE LA ZONA ZV.35 ARETALAUDIO-LLODIO ÍNDICE TITULO PRELIMINAR.- DISPOSICIONES DE CARÁCTERGENERAL REFERENTES A LA APLICACIÓN DEL PLAN PARCIAL Artículo 0.1.- Ámbito de aplicación Artículo 0.2.- Entrada en vigor y condiciones de vigencia Artículo 0.3.- Marco normativo del proyecto Artículo 0.4.- Obligatoriedad Artículo 0.5.- Requisitos generales para la ejecución (Artículo 42 del vigente Reglamento de Gestión Urbanística) Artículo 0.6.- Documentos constitutivos del Plan Parcial y alcance normativo de los mismos TITULO PRIMERO.- RÉGIMEN URBANÍSTICO GENERAL CAPÍTULO 1.1.- RÉGIMEN DE CALIFICACIÓN PORMENORIZADA Artículo 1.1.1.- Formulación del régimen de Calificación Porme norizada Artículo 1.1.2.- Sistematización de la Calificación Pormenorizada Artículo 1.1.3.- Régimen general de edificación, uso y dominio aplicable a las zonas de uso pormenorizado CAPITULO 1.2.- RÉGIMEN JURÍDICO PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL PLAN PARCIAL Artículo 1.2.1.- Formulación de "estudios de detalle" para la complementación o reajuste de las determinaciones del Plan Parcial Artículo 1.2.3.- Edificios, instalaciones y usos fuera de ordenación Artículo 1.2.4.- Ejercicio de la facultad de edificar Artículo 1.2.5.- Control municipal de la ejecución de la urbanización TITULO SEGUNDO.- ORDENANZAS DE EDIFICACIÓN Y USO DEL SUELO PARA LAS PARCELAS EDIFICABLES CAPITULO 2.1.- DEFINICIONES BÁSICAS PARA LA APLICACIÓN DE LAS ORDENANZAS Artículo 2.1.1.- Terminología de conceptos y criterios de medición CAPITULO 2.2. ORDENANZAS APLICABLES A LAS PARCELAS DE "USOS RESIDENCIALES CON VOLUMETRÍA ESPECÍFICA" SECCIÓN 2.2.1. Condiciones de aprovechamiento y forma de la edificación Artículo 2.2.1.1.- Definición del régimen aplicable Artículo 2.2.1.2.- Condiciones de regulación del "aprovechamiento edificatorio" Artículo 2.2.1.3.- Unidades de edificación Artículo 2.1.1.4.- Disposición en planta de las edificaciones Artículo 2.2.1.5.- Rasantes de apoyo de la edificación Artículo 2.2.1.6.- Condiciones de "perfil" y "alturas" de la edificación Artículo 2.2.1.7.- Cubiertas SECCIÓN 2.2.2. Condiciones de uso Artículo 2.2.2.1.- Condiciones generales de uso Artículo 2.2.2.2.- Condiciones de uso de las diferentes plantas de las edificaciones SECCIÓN 2.2.3. Condiciones funcionales, constructivas, higiénico-sanitarias y de seguridad de las edificaciones Artículo 2.2.3.1.- Condiciones generales (Funcionales, constructivas, higiénico-sanitarias y de seguridad) Artículo 2.2.3.2.- Condiciones funcionales e higiénico-sanitarias de los locales destinados al "Uso de Vivienda" Artículo 2.2.3.3.- Condiciones funcionales e higiénico-sanitarias específicas de los locales destinados a "Usos Comerciales" y de "Equipamiento Comunitario" en "Planta Baja" Artículo 2.2.3.4.- Condiciones funcionales y de seguridad de los locales destinados al "Uso de Garaje" Artículo 2.2.3.5.- Condiciones funcionales y de seguridad de los accesos a los espacios intersticiales entre bloques SECCIÓN 2.2.4.- Condiciones de tratamiento estético de las edificaciones Artículo 2.2.4.1.- Uniformidad en el tratamiento de las edificaciones situadas sobre un mismo bloque Artículo 2.2.4.2.- Tratamiento compositivo de las fachadas en "planta baja" Artículo 2.2.4.3.- Materiales de fachada Artículo 2.2.4.4.- Tratamiento de los tendederos exteriores Artículo 2.2.4.5.- Tratamiento de los elementos de fachada "no permanentes" SECCIÓN 2.2.5. Condiciones de dominio Artículo 2.2.5.1.- Condiciones generales Artículo 2.2.5.2.- Servidumbres de uso público Artículo 2.2.5.3.- Servidumbres entre parcelas Artículo 2.2.5.4.- Cimentaciones en edificaciones colindantes CAPÍTULO 2.3.- ORDENANZAS APLICABLES A LA PARCELA DE USOS RESIDENCIALES CON EDIFICACIÓN AISLADA Artículo 2.3.1.- Condiciones de aprovechamiento y forma de la edificación Artículo 2.3.2.- Condiciones de uso Artículo 2.3.3.- Condiciones funcionales, constructivas, higiénico-sanitarias y de seguridad de la edificación Artículo 2.3.4.- Condiciones de dominio CAPÍTULO 2.4.- EQUIPAMIENTO ESCOLAR Y DE INTERÉS PÚBLICO Y SOCIAL Artículo 2.4.1.- Condiciones de aprovechamiento y forma de la edificación Artículo 2.4.2.- Condiciones de uso Artículo 2.4.3.- Condiciones de dominio CAPÍTULO 2.5.- ESPACIOS LIBRES PÚBLICOS Artículo 2.5.1.- Condiciones de edificación Artículo 2.5.2.- Condiciones de uso y dominio TÍTULO TERCERO.- CUADROS DE CARACTERÍSTICAS DE LAS PARCELAS EDIFICABLES TÍTULO CUARTO.- NORMAS DE URBANIZACIÓN CAPITULO 4.1.- CONDICIONES GENERALES DE DISEÑO Artículo 4.1.1.-Supresión de barreras urbanísticas CAPITULO 2.- CONDICIONES CONSTRUCTIVAS Y CARACTERÍSTICAS DE DETALLE Artículo 4.2.1.- Características de las redes Artículo 4.2.2.- Características de la red de saneamiento Artículo 4.2.3.- Características de la red de abastecimiento de agua Artículo 4.2.4.- Características de la red de energía eléctrica y alumbrado público Artículo 4.2.5.- Pavimentación y afirmado de viales mixtos y peatonales Artículo 4.2.6.- Pavimentación y afirmado de paseos peatonales y áreas de estancia Artículo 4.2.7.- Arbolado y jardinería TITULO PRELIMINAR.- DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL REFERENTES A LA APLICACIÓN DEL PLAN PARCIAL Artículo 0.1.- Ámbito de aplicación EL presente Plan Parcial será de aplicación desde su entrada en vigor en la zona Z.V.35 ARETA delimitando en la "Modificación de Elementos del Plan General de O.U. de Llodio" que se redacta y tramita simultáneamente al presente documento. Artículo 0.2.- Entrada en vigor y condiciones de vigencia 1. EL Plan Parcial entrará en vigor 15 días después de su publicación íntegra en el B.O.A. y regirá hasta que sus determinaciones sean modificadas total o parcialmente co los requisitos legalmente establecidos, o derogadas por completo por la aprobación de un instrumento de planeamiento de ámbito superior o de igual rango que así lo establezca. 2. La unidad, anulación o modificación de alguna de las determinaciones del documento del Plan Parcial no afectará a la validez de las restantes, salvo en el supuesto de que alguna de ellas resulte inaplicable por circunstancias de interrelación o dependencia de aquellas. Artículo 0.3.- Marco normativo del proyecto 1. El Plan Parcial desarrolla el contenido de la citada Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Llodio. 2. En las edificaciones que se desarrollen en el área amparo del régimen de viviendas de protección pública, las presentes Ordenanzas Reguladoras se aplicarán con carácter subsidiario a la normativa propia de dicho régimen y no serán aplicables aquellas de sus determinaciones, más restrictivas que las de la citada normativa, ya reguladas en ella. Artículo 0.4.- Obligatoriedad 1. Todos los actos de edificación y uso del suelo previstos según la legalidad vigente que se realicen dentro del territorio que comprende el Plan Parcial se deberán ajustar a las determinaciones de ordenación en él establecidas, y a las que en desarrollo del mismo establezcan los Proyecto de Urbanización correspondientes. 2. Podrán autorizarse en el área de Areta, usos u obras justificadas de carácter...

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