Orden Foral 45/2018, de 12 de febrero, aprobación definitiva con condiciones del expediente de Plan Especial de Rehabilitación Integrada del Casco Histórico de Elciego

SecciónDiputación Foral de Álava
EmisorDepartamento de Medio Ambiente y Urbanismo
Rango de LeyOrden foral
  1. ANTECEDENTES

    Primero. En sesión plenaria de fecha 23 de mayo de 2014, se aprobó inicialmente el expediente de revisión del Plan Especial de Rehabilitación Integrada del Casco Histórico de Elciego (en adelante PERICH), así como someterlo a información pública, hecho que fue practicado mediante la inserción de los oportunos anuncios en el BOTHA número 63, de 6 de junio de 2014 y en el periódico "El Correo", publicado el 10 de junio de 2014.

    Segundo. Durante el periodo de exposición pública fueron presentadas cinco alegaciones, de las cuales 3 fueron informadas favorablemente y la otras dos en sentido contrario por el equipo redactor del presente PERICH; procediendo el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria del día 20 de febrero de 2015, a ratificar el informe respecto a las alegaciones presentadas -estimando la informadas favorablemente y desestimando el resto- salvo una de ellas, informada desfavorablemente y que el ayuntamiento acepta parcialmente, y a aprobar provisionalmente la revisión del Plan Especial.

    Fuera del período de exposición pública, fue presentada otra alegación, informada desfavorablemente por el equipo redactor, procediendo el ayuntamiento, en sesión ordinaria del día 29 de enero de 2016, a acordar la desestimación de la misma.

    Tercero. Remitido el expediente a la Diputación y no encontrándose completo en su contenido material, el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo, en fecha 27 de abril de 2015, se dirigió al ayuntamiento solicitando la subsanación de las deficiencias detectadas en el expediente administrativo.

    Por otra parte, en fecha 16 de septiembre de 2015, el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo, se dirigió al ayuntamiento solicitando la subsanación de deficiencias detectadas en el documento técnico e indicando que, en tanto que el Plan Especial de Rehabilitación Integrada se dicta tomando como documento de referencia el PGOU del municipio no aprobado definitivamente, el primero no puede ser aprobado definitivamente mientras no se apruebe definitivamente el segundo, comenzando entonces el cómputo del plazo del silencio administrativo.

    En sesión plenaria del 27 de mayo de 2016, se aprobó provisionalmente el expediente de Revisión del PERICH de Elciego una vez realizadas en el mismo las subsanaciones relativas a aspectos documentales, procedimentales y formales requeridas por el Departamento de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputación Foral de Álava.

    El Ayuntamiento de Elciego, remitió el nuevo documento técnico del PERICH y la documentación administrativa requeridos para la aprobación definitiva, con fechas 13 de diciembre de 2016 y 14 de febrero de 2016 respectivamente.

    Cuarto. Por Orden Foral 96/2017, de 10 de abril, se aprobó definitivamente con condiciones y se suspendió parcialmente el PGOU de Elciego. Por Orden Foral 311/2017, se aprobó definitivamente y se aceptó el cumplimento de las condiciones impuestas en la Orden Foral 96/2017, el Texto Refundido del PGOU de Elciego, cuya entrada en vigor se produjo con la publicación del mismo en el BOTHA número 10 de 24 de enero de 2018.

    Quinto. En cuanto a la evaluación ambiental estratégica, paralelamente a la revisión del PERICH y por el mismo equipo redactor, se redactó el PGOU del municipio de Elciego, en cuyo ámbito se encuentra lógicamente incluido el del PERICH, así como el correspondiente procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica, en cumplimiento del Decreto 211/2012 y la Ley 21/2013, formulándose, mediante Orden Foral 85/2016 del Diputado de Medio Ambiente, de 31 de marzo, la Declaración Ambiental Estratégica con carácter favorable, sujeta a determinadas condiciones.

  2. FUNDAMENTOS

    Primero. La declaración del Casco Histórico del Elciego como Área de Rehabilitación Integrada se produjo por Orden de 17 de enero de 2000, del Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente, y publicada en el BOPV 41 de 29 de febrero de 2000.

    La figura de planeamiento a través de la cual se concretaron las actuaciones de rehabilitación en las Áreas de Rehabilitación Integrada fue el Plan Especial de Rehabilitación Integrada del Casco Histórico, aprobado definitivamente mediante Orden Foral 407 de 15/06/1999, y cuya publicación y entrada en vigor aparece en el BOTHA 77 de 12/07/1999.

    Desde su publicación hasta el día de hoy, dicho PERICH ha sufrido 4 modificaciones puntuales que se concretan a continuación:

    - En 2007, se aprueba...

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