Orden del consejero de Educación y Universidad de día 30 de agosto de 2017, por la que se regulan las estancias formativas, en la modalidad de experiencia formativa, del profesorado de formación profesional en empresas y entidades

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Rango de LeyOrden

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece en el artículo 102.1 que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las administraciones educativas.

El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, en el artículo 36.1 otorga a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en materia de enseñanza no universitaria, la competencia exclusiva en la formación y el perfeccionamiento del personal docente.

El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Islas Baleares, determina en el artículo 7.1.a. que se ha de fomentar la colaboración de los profesores y de los centros docentes de las Islas Baleares con otros centros, empresas y entidades de otros países de la Unión Europea, y el artículo 8.2.f. establece que se han de favorecer acciones formativas para el profesorado de formación profesional y que estas acciones se pueden realizar en las empresas en las condiciones que se establecen en la normativa de implementación de este Decreto.

El Decreto 41/2016, de 15 de julio, por el que se regula la formación permanente del profesorado de la enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece en el artículo 4.i. como a uno de los objetivos de la formación permanente del profesorado, entre otros, la colaboración de entidades que potencien la especialización en materia de formación profesional, y en el artículo 8.1. e. se prevé, como a una de las modalidades de formación, los programas de experiencia formativa que impulsen y reconozcan la participación en experiencias formativas en empresas e instituciones, intercambios, participación en programas europeos y en proyectos de estudio para la investigación educativa.

Es conveniente que, cada vez en mayor medida, la formación profesional vincule el proceso de aprendizaje con la vida laboral y adapte la oferta formativa a la demanda del mercado de trabajo, considerando los avances tecnológicos y fomentando la capacitación del alumno para acceder a un mundo laboral cada vez más complejo.

La Consejería de Educación y Cultura fomentó la realización de prácticas de formación en empresas para el profesorado, por medio de la Orden de 27 de marzo de 2009, por la que se regula la realización de estancias de formación en empresas de las Islas Baleares del profesorado de los cuerpos de enseñanza...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR