Bases de la convocatoria del concurso-oposiciÛn libre de los p uestos antes en AMVISA: 2 Especialistas de Mantenimiento. 1 Oficial de Telemando. 1 Oficial de ProducciÛn.

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Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 13 de Diciembre de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 142V - VARIOS AMVISA Ref. 7.955Bases de la convocatoria del concurso-oposiciÛn libre de los p uestos de trabajo vacantes en AMVISA: 2 Especialistas de Mantenimiento. 1 Oficial de Telemando. 1 Oficial de ProducciÛn. Bases de la convocatoria del concurso-OposiciÛn libre de los puestos de trabajo vacantes en AMVISA: - (2) Especialista de Mantenimiento - (1) Oficial de Telemando - (1) Oficial de ProducciÛn BASES GENERALES PRIMERA.- NORMAS GENERALES 1.1.- Es objeto de estas Bases Generales el establecimiento de las normas reguladoras de los procesos selectivos para la cobertura mediante el sistema de concurso-oposiciÛn libre y posterior contrato laboral indefinido de las plazas vacantes en la plantilla de AMVISA, y que vienen relacionadas en las Bases EspecÌficas. 1.2.- A las pruebas de este concurso-oposiciÛn les ser. de aplicaciÛn lo dispuesto en la presente convocatoria. Sin perjuicio de la aplicaciÛn general de las presentes Bases, el sistema selectivo, turno, requisitos especÌficos, ex.menes y resto de normas particulares, se regir.n por las Bases EspecÌficas reguladoras de cada uno de los procesos selectivos que se contienen en los Anexos de las presentes Bases. SEGUNDA.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES 2.1.- Para la admisiÛn y participaciÛn en las pruebas selectivas, los/las aspirantes deber.n reunir los siguientes requisitos: a) Tener cumplidos 18 aÒos de edad. b) No padecer enfermedad, ni limitaciÛn fÌsica o psÌquica que sea incompatible con el desempeÒo de las correspondientes funciones, sin perjuicio de la aplicaciÛn de la Ley 13/82 de 7 de abril, de IntegraciÛn Social de minusv.lidos. c) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario de trabajos anteriores en empresas y /o Administraciones P·blicas. d) Deber. estar en posesiÛn de la titulaciÛn acadÈmica exigida (Û bien deber. haber abonado los derechos para su expediciÛn), recogida en las Bases EspecÌficas donde se regula cada uno de los procesos selectivos. e) Deber. acreditar estar en posesiÛn del carnet de conducir, clase B1. Todos los requisitos establecidos deber.n poseerse al momento de finalizar el plazo de presentaciÛn de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso de selecciÛn y hasta el momento del nombramiento. TERCERA.- SOLICITUDES 3.1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deber.n hacerlo constar en la instancia que al efecto se facilitar. en las oficinas de atenciÛn al p·blico de la Empresa. 3.2.- La presentaciÛn de solicitudes se har. en las oficinas de atenciÛn al p·blico de la Empresa, dentro del plazo de 10 dÌas naturales, contados a partir del siguiente al de la inserciÛn de la convocatoria en el BOLETÕN OFICIAL del Territorio HistÛrico de Alaba (BOTHA), de lunes a viernes y en horario de maÒana de 9 a 14 horas. 3.3.- A la instancia deber. acompaÒarse fotocopia del Documento Nacional de Identidad, fotocopia de la titulaciÛn acadÈmica oficial exigida y del carnet de conducir. La compulsa se har. en las Oficinas de AMVISA, debiendo aportar al efecto, original y copia de todos los documentos que se requieren. Los aspirantes deber.n presentar una relaciÛn de mÈritos con la documentaciÛn debidamente acreditativa de los mismos. NO SER¡N OBJETO DE VALORACI"N AQUELLOS M.RITOS QUE NO SE DETALLEN EN LA SOLICITUD O QUE NO SE JUSTIFIQUEN DOCUMENTALMENTE. 3.4. Para acreditaciÛn de la experiencia de los aspirantes en puestos de trabajo que tengan relaciÛn con la plaza convocada, deber.n presentar obligatoriamente cada uno de los siguientes certificados: - Certificado de la vida laboral vigente expedido por la Seguridad Social y - Certificado expedido por las empresas u organismos para los que ha prestado los servicios que contenga los siguientes datos: - DenominaciÛn del puesto desempeÒado - Fecha de inicio y fin de los periodos en los que ha sido contratado - Porcentaje de la jornada - RelaciÛn de las funciones principales del puesto y las tareas que le fueron asignadas. CUARTA.- ADMISI"N DE ASPIRANTES 4.1.- Expirado el plazo de presentaciÛn de instancias, la Jefa del ¡rea de RRHH y SecretarÌa de la Empresa aprobar. la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenar. su publicaciÛn en el tablÛn de anuncios de los locales de oficinas y de las depuradoras, estableciÈndose un plazo de reclamaciones de tres dÌas naturales para poder subsanar los defectos y/o errores en que pudiera haberse incurrido. 4.2.- Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas Èstas, la Jefa de RRHH y SecretarÌa de la Empresa aprobar. la lista definitiva de admitidos y excluidos; y ordenar. igualmente su publicaciÛn en los tablones de anuncios de oficinas y las depuradoras, con indicaciÛn de las causas de exclusiÛn y los casos en que proceda la posible subsanaciÛn de errores. Resulta preciso incidir en que, no podr.n ser objeto de subsanaciÛn los defectos u omisiones de la documentaciÛn acreditativa de los mÈritos. La lista provisional se entender. autom.ticamente elevada a definitiva si no se produjeran reclamaciones. QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR 5.1.- El Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figura en las Bases EspecÌficas de cada Anexo. Dicho Tribunal tendr. reservado el derecho a la alteraciÛn del orden previsto para el desarrollo de las pruebas a llevar a cabo en la fase de oposiciÛn. 5.2.- La relaciÛn nominal de los miembros del Tribunal se publicar. conjuntamente con la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as. 5.3.- El Tribunal Calificador podr. designar expertos, que en calidad de asesores, actuar.n con voz y sin voto en las materias propias de su especialidad, todo ello, con la finalidad de que se puedan dilucidar posibles discrepancias en cuanto a criterios de correcciÛn o posibles interpretaciones a las cuestiones planteadas. 5.4.- Para la v.lida actuaciÛn del Tribunal, se requerir. la asistencia del Presidente y Secretario/a, o de quienes les sustituyan, y de la mitad al menos de los Vocales. Los acuerdos ser.n adoptados por el voto favorable de la mayorÌa de los miembros presentes del Tribunal, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente. 5.5.- Los miembros del Tribunal Calificador deber.n abstenerse de intervenir notific.ndolo al Presidente de la Empresa y los aspirantes podr.n hacer uso del derecho de recusaciÛn, cuando concurran las circunstancias previstas en los artÌculos 28 y 29 de la Ley 30/1.992 de RÈgimen JurÌdico de AdministraciÛn P·blica y del Procedimiento Administrativo Com·n. 5.6.- El Tribunal Calificador actuar. con plena autonomÌa funcional, quedando autorizado para resolver las dudas que se presenten, pudiendo tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la Convocatoria, en todo aquello no previsto en las presentes Bases, asÌ como para resolver las cuestiones que se presenten en cuanto a la aplicaciÛn e interpretaciÛn de las Bases Generales o EspecÌficas. 5.7.- El Presidente del Tribunal adoptar. las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposiciÛn, que sean escritos, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los/as aspirantes. 5.8.- El Tribunal seleccionar. y propondr. para el puesto al aspirante aprobado que hubiera obtenido mayor calificaciÛn. El orden de clasificaciÛn vendr. determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposiciÛn y en la de concurso, siempre que, hubiese alcanzado la puntuaciÛn precisa para no ser eliminado/a del proceso selectivo. 5.9.- No obstante si la persona...

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