DECRETO FORAL 84/2001, del Consejo de Diputados de 24 de julio, que modifica diversos preceptos del Decreto Foral 86/1999, de 29 de junio, de desarrollo parcial de la Norma Foral 35/1998, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; del Decreto Foral 6/1999, de 26 de enero, que aprueba la normativa a aplicar a las personas y entidades obligadas a la práctica de retenciones a cuenta en la renta de capital y determinadas ganancias patrimoniales; del Decreto Foral 147/1999, de 14 de diciembre, que regula las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos de trabajo y del Decreto Foral 51/1997, del 20 de mayo, de desarrollo reglamentario de la Norma Foral 24/1996 del Impuesto sobre Sociedades.
Sección | Disposiciones Administrativas |
Rango de Ley | Decreto foral |
Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 30 de Julio de 2001 , * B.O.T.H.A. Num. 86I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Decretos Forales del Consejo de DiputadosI - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Ref. 4.943DECRETO FORAL 84/2001, del Consejo de Diputados de 24 de julio, que modifica diversos preceptos del Decreto Foral 86/1999, de 29 de junio, de desarrollo parcial de la Norma Foral 35/1998, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; del Decreto Foral 6/1999, de 26 de enero, que aprueba la normativa a aplicar a las personas y entidades obligadas a la práctica de retenciones a cuenta en la renta de capital y determinadas ganancias patrimoniales; del Decreto Foral 147/1999, de 14 de diciembre, que regula las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos de trabajo y del Decreto Foral 51/1997, del 20 de mayo, de desarrollo reglamentario de la Norma Foral 24/1996 del Impuesto sobre Sociedades. El presente Decreto Foral tiene por objeto adecuar los reglamentos de desarrollo de la Norma Foral 35/1998, de 16 de diciembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a las últimas modificaciones operadas en esta Norma Foral. Así, se modifica la regulación de la exención de los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero a fin de que la normativa reglamentaria coincida con la nueva redacción dada a esta materia en la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Otro tanto sucede con la modificación del artículo 7.1.d) del Decreto Foral 86/1999, de 29 de junio, que se coordina con la nueva exención recogida en el artículo 9.w) de la Norma Foral 35/1998, de 16 de diciembre. Finalmente se modifica el artículo 24.1 del Decreto Foral 6/1999, de 26 de enero, el artículo 10.1 del Decreto Foral 147/1999, de 14 de diciembre y el artículo 58.1 del Decreto Foral 51/1997, de 20 de mayo. Estas modificaciones establecen un nuevo supuesto de liquidación mensual de retenciones e ingresos a cuenta, al incorporar los supuestos en que se hayan producido transmisiones globales o parciales de un patrimonio empresarial o profesional. Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria y el emitido por la Comisión Consultiva. A propuesta del Diputado Titular del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión...
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