Norma Foral 6/2008, de 18 de febrero, de segunda modificación de la Norma Foral 4/2000, de 21 de febrero, reguladora del régimen de los altos cargos y personal eventual de la Diputación.

SecciónNormas Forales
EmisorJuntas Generales de álava
Rango de LeyNorma foral

Las Juntas Generales de Álava en su Sesión Plenaria celebrada el día 18 de febrero de 2008, han aprobado la siguiente Norma Foral:

Norma Foral 6/2008, de 18 de febrero, de segunda modificación de la Norma Foral 4/2000, de 21 de febrero, reguladora del régimen de los altos cargos y personal eventual de la Diputación.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Norma Foral de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación Foral de Álava establece en sus artículos 74 y 114 que el número, régimen retributivo y de dedicación de los altos cargos y del personal eventual de la Diputación Foral se determinará por las Juntas Generales al principio de su mandato, a propuesta de aquella, en los términos establecidos en la correspondiente Norma Foral.

Al amparo de esta previsión, primero la Norma Foral 10/88, de 3 de marzo, modificada parcialmente por la Norma Foral 22/91, de 10 de diciembre; posteriormente la Norma Foral 1/96, de 5 de febrero; y, finalmente, la Norma Foral 4/2000, de 21 de febrero, modificada por la Norma Foral 2/2004, de 26 de enero, han establecido a lo largo de las diferentes legislaturas el régimen de los cargos de confianza de la Diputación Foral de Álava.

Esta última Norma contiene el régimen jurídico general de los altos cargos y del personal eventual de la Diputación, comprendiendo además de su número y de su régimen retributivo y de dedicación, otras muchas cuestiones, entre ellas su derecho a una prestación temporal con cargo a los Presupuestos del Territorio Histórico en caso de no tener derecho a percibir la prestación de desempleo al cesar en el cargo.

La Ley 37/2006 de 7 de diciembre, relativa a la inclusión en el régimen general de la Seguridad Social y a la extensión de la protección por desempleo a determinados cargos públicos y sindicales, ha modificado los artículos 205 y 208 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, regulando, el derecho de los altos cargos de las Administraciones Públicas, entre otros, a la prestación por desempleo con cargo a la Seguridad Social.

En consecuencia, esta Norma Foral, además de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 74 y 114 de la Norma Foral 52/1992, de 18 de diciembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación Foral sobre el número, régimen retributivo y dedicación de los altos cargos y personal eventual para la legislatura 2007/2011, modifica el artículo 11 de la Norma Foral 4/2000, de 21 de febrero, suprimiendo en nuestro ordenamiento el derecho de los altos cargos de la Diputación Foral a una prestación temporal.

Además como consecuencia de las modificaciones que se han producido en la aprobación de la Norma Foral 5/2008, de esta misma fecha, hay que adaptar el artículo 14 de la Norma Foral 4/2000, de 21 de febrero, suprimiendo la mención a "la prestación económica temporal".

Artículo primero

Se modifica el artículo 11 de la Norma Foral 4/2000, de 21 de febrero, reguladora del régimen de altos cargos y personal eventual de la Diputación, que quedará redactado de la siguiente manera:

Los altos cargos tendrán derecho a la indemnización por cese establecida en la normativa foral vigente para el Diputado General y los/las Diputados Forales.

Artículo segundo

Se modifica la Disposición Adicional Tercera de la Norma Foral 4/2000, de 21 de febrero, reguladora del régimen de altos cargos y personal eventual de la Diputación, que quedará redactada de la siguiente manera:

Durante el mandato 2007/2011 el número máximo de altos cargos y de personal eventual de la Diputación Foral de Álava será el siguiente: - Dieciséis cargos de Director/a. - Dos Directores Gerentes de los Institutos Forales.

- Doce puestos de personal eventual de confianza, reservados para secretarios/as del Diputado General y de los Diputados/a Forales. - Seis puestos del personal eventual de asesoramiento especial.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Se modifica el artículo 14 de la Norma Foral 4/2000, de 21 de febrero, reguladora del régimen de altos cargos y personal eventual de la Diputación, que quedará redactado de la siguiente manera:

El cese del personal eventual en el desempeño de su puesto de trabajo no generará en ningún caso derecho a indemnización.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Norma Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava.

Vitoria-Gasteiz, 18 de febrero de 2008.- El Presidente, JUAN ANTONIO ZÁRATE PÉREZ DE ARRILUCEA.

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