Doña María José Marijuán Gallo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 7 de Bizkaia. Hago saber: Que en autos número 624/96 y sentencia número 551/96, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña María del Burgo Gil Pejenaute, contra la empresa B.C.E. Consultores, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:...

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 7 de Bilbao (Bizkaia)

CEDULA DE NOTIFICACION

Doña María José Marijuán Gallo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 7 de Bizkaia.

Hago saber: Que en autos número 624/96 y sentencia número 551/96, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña María del Burgo Gil Pejenaute, contra la empresa B.C.E. Consultores, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por doña María del Burgo Gil Pejenaute, representada por el Letrado Sr. don Jesús López Carrascal, frente a B.C.R. Consultores, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, por cantidad, condeno a la empresa demandada a que abone a la actora seiscientas noventa y seis mil novecientas ochenta (696.980) pesetas, más el diez por ciento (10%) de interés.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, debiendo ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco (5) días a contar desde su notificación, debiendo para hacerlo la demandada ingresar en la cuenta n.o 4776/0000/65, de la entidad bancaria Banco Bilbao Vizcaya, la cantidad líquida importe de la condena, sin cuyo...

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