Resolución del consejero de Agricultura, Medio ambiente y Territorio del Gobierno de las Islas Baleares, de convocatoria pública para la presentación de solicitudes de subvención, para llevar a cabo acciones en materia de protección y conservación del patrimonio cultural por parte de las entidades públicas de las Islas Baleares previstas en el Programa Operativo FEDER 2007-2013

SecciónIII. Otras disposiciones y actos administrativos
EmisorCONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Rango de LeyResolución

La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de abril de 2011 (BOIB núm. 64 de 28 de abril de 2011) establece las bases para la concesión de subvenciones a entidades públicas en materia de actuaciones previstas en el programa operativo FEDER 2007/2013 para llevar a cabo, entre otras, acciones en materia de protección y conservación del patrimonio cultural, todo esto de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

El Reglamento (CE) número 1080/2006 del Parlamento europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, regula el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

La Comisión Europea adoptó en fecha 20 de diciembre de 2007 el programa operativo de intervención comunitaria del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del objetivo de competitividad regional y ocupación para la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en España (CCI 2007 SE 16 2 PO 007), para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013. Por otro lado, la Orden EHA 524/2008, de 26 de febrero, establece las normas sobre los gastos subvencionables en el programa operativo del FEDER (BOE núm. 53, de 1 de marzo de 2008).

Este programa prevé la financiación con cargo al FEDER de las actuaciones que se definen en los ejes prioritarios, las cuales tienen como reto la competitividad para impulsar un modelo de desarrollo sostenible con tres áreas fundamentales: innovación y economía del conocimiento, protección medioambiental, y acceso a las comunicaciones y servicios de interés general con objetivos específicos.

El Consejo de Gobierno, en la sesión de 4 de marzo de 2011, otorgó la autorización previa para tramitar el expediente de esta convocatoria de ayudas.

El 17 de enero de 2013 se publicó al BOIB la resolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Ocupación, de 7 de enero de 2013, por la cual se delega en el consejero de Agricultura, Medio ambiente y Territorio la competencia para convocar y resolver la concesión de ayudas en materia de agricultura, medio ambiente y territorio, destinadas a entidades públicas cofinanciadas por la Unión Europea con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en el marco del Programa Operativo de Competitividad Regional y Ocupación de las Islas Baleares para el periodo 2007/2013.

El 22 de enero de 2013 se publicó al BOIB la Resolución de la directora general de Economía y Estadística de 7 de enero de 2013 por la cual se delega en los directores generales de Arquitectura y Vivienda, y de Medio Natural, Educación Medio Ambiental y Cambio Climático, la competencia para instruir y tramitar la concesión de ayudas destinadas a entidades públicas cofinanciadas por la Unión Europea con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEDER) en el marco del Programa Operativo de Competitividad Regional y Ocupación de las Baleares para el periodo 2007-2013, en el ámbito de las respectivas competencias.

El 26 de julio de 2013, el Consejo de Gobierno acuerda aprobar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Agricultura, Medio ambiente y Territorio del ejercicio 2013, por la cual se añade otra línea de subvención, el objetivo de la cual es la protección y la conservación del patrimonio cultural de las Islas Baleares (BOIB núm. 105 de 27.07.2013).

La exposición de motivos del Decreto Legislativo 2/2005 de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, modificado por la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y económico-administrativas, reconoce que la concesión de ayudas es la principal o la más importante de las actividades de fomento de las administraciones públicas.

Vista la necesidad de fomentar acciones en materia de protección y conservación del patrimonio cultural en los municipios de las Islas Baleares, de acuerdo con el Decreto Legislativo 2/2005 de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, modificado por la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y económico-administrativas, en virtud del que dispone el artículo 5 de la Orden mencionada de 15 de abril de 2011 y la Resolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Ocupación, de 7 de enero de 2013, de delegación de competencias y vista la disponibilidad presupuestaria para el periodo en 2013-2015, dicto la siguiente:

RESOLUCIÓN

Primero

Objeto ayudas

El objeto de esta Resolución es la aprobación de la convocatoria pública de ayudas para diferentes acciones en materia de protección y conservación del patrimonio cultural en los municipios de las Islas Baleares, para el periodo 2013-2015, prevista en la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de abril de 2011, por la cual se establecen las bases para la concesión de subvenciones a las entidades públicas en materia de actuaciones previstas en el Programa Operativo FEDER 2007/2013, publicada en el BOIB núm. 64 de 28 de abril de 2011.

Estas actuaciones están cofinanciadas en un 50 % con cargo en el Programa Operativo FEDER 2007-2013 de las Islas Baleares.

Segundo

Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de las ayudas:

- consejos insulares

- ayuntamientos

- otros entidades locales

- consorcios

- organismos autónomos, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público, sociedades mercantiles públicas y cualquier otro ente con personificación pública o privada integrante del sector público estatal, autonómico o local.

- fundaciones, sociedades mercantiles y otros entes participados íntegramente o mayoritariamente por varias administraciones públicas.

Tercer

Importe máximo de la convocatoria

El importe máximo de la presente convocatoria es de 1.200.000,00 euros, con cargo a las partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la CAIB que a continuación se indican y con la siguiente distribución anual:

Partidas Presupuestarias Anualidad 2013
15601 431B02 76000 10 31108 100,00 €
15601 431B02 76000 11 31108 100,00 €
15601 431B02 76000 20 31108 100,00 €
15601 431B02 76000 30 31108 100,00 €
15601 431B02 76000 40 31108 100,00 €
15601 431B02 76100 10 31108 100,00 €
15601 431B02 76100 20 31108 100,00 €
15601 431B02 76100 30 31108 100,00 €
15601 431B02 76100 40 31108 100,00 €
15601 431B02 76400 10 31108 100,00 €
15601 431B02 76400 11 31108 100,00 €
15601 431B02 76400 20 31108 100,00 €
15601 431B02 76400 30 31108 100,00 €
15601 431B02 76400 40 31108 100,00 €
15601 431B02 76900 10 31108 100,00 €
15601 431B02 76900 11 31108 100,00 €
15601 431B02 76900 20 31108 100,00 €
15601 431B02 76900 30 31108 100,00 €
15601 431B02 76900 40 31108 100,00 €

Partidas Presupuestarias Anualidad 2014
15601 431B02 76000 10 31108 100,00 €
15601 431B02 76000 11 31108 100,00 €
15601 431B02 76000 20 31108 100,00 €
15601 431B02 76000 30 31108 100,00 €
15601 431B02 76000 40 31108 100,00 €
15601 431B02 76100 10 31108 100,00 €
15601 431B02 76100 20 31108 100,00 €
15601 431B02 76100 30 31108 100,00 €
15601 431B02 76100 40 31108 100,00 €
15601 431B02 76400 10 31108 100,00 €
15601 431B02 76400 11 31108 100,00 €
15601 431B02 76400 20 31108 100,00 €
15601 431B02 76400 30 31108 100,00 €
15601 431B02 76400 40 31108 100,00 €
15601 431B02 76900 10 31108 100,00 €
15601 431B02 76900 11 31108 100,00 €
15601 431B02 76900 20 31108 100,00 €
15601 431B02 76900 30 31108 100,00 €
15601 431B02 76900 40 31108 100,00 €

Partidas Presupuestarias Anualidad 2015
15601 431B02 76000 10 31108 62.974,00 €
15601 431B02 76000 11 31108 62.957,00 €
15601 431B02 76000 20 31108 62.957,00 €
15601 431B02 76000 30 31108 62.957,00 €
15601 431B02 76000 40 31108 62.957,00 €
15601 431B02 76100 10 31108 62.957,00 €
15601 431B02 76100 20 31108 62.957,00 €
15601 431B02 76100 30 31108 62.957,00 €
15601 431B02 76100 40 31108 62.957,00 €
15601 431B02 76400 10 31108 62.957,00 €
15601 431B02 76400 11 31108 62.957,00 €
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