(Cedula de notificacion) Doña María Luisa Linaza Vicandi, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao. Hago saber: Que en autos número 392/04, ejecución número 6/05, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Oscar J. Olleta Ormaechebarría y don Unai Celis Asla contra las empresas General de Montajes Alvi, S.L.L., ...

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 9 de Bilbao (Bizkaia)

(Cedula de notificacion)

Doña María Luisa Linaza Vicandi, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos número 392/04, ejecución número 6/05, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Oscar J. Olleta Ormaechebarría y don Unai Celis Asla contra las empresas General de Montajes Alvi, S.L.L., y General de Montajes Umaran, S.L.L., sobre cantidad, se ha dictado el siguiente:

Auto.-En Bilbao, a veinte de octubre de dos mil cinco.

dispongo:

Se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en el crédito de quienes se menciona en el hecho segundo de esta resolución y por la cuantía que se refleja bajo la columna «Abono FGS», cuyo importe total asciende a 3.695,66 euros.

Notifíquese a Ias partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme esta resolución, archívese.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil) sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así, por este su auto, lo...

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