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Normativa de Navarra
Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades. (Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre)
Publicado en:
BON
Ámbito Territorial:
Normativa de Navarra
Rango:
Ley Foral
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Contenidos
TÍTULO I. Naturaleza del impuesto y ámbito de aplicación
- arts. 1 a 3
TÍTULO II. El hecho imponible
- arts. 4 a 9
TÍTULO III. El contribuyente
- arts. 10 a 13
TÍTULO IV. La base imponible
CAPÍTULO I. Concepto y determinación de la base imponible. Reglas de imputación temporal
- arts. 14 y 15
CAPÍTULO II. Correcciones de valor: Amortizaciones
- arts. 16 a 18
CAPÍTULO III. Contratos de arrendamiento financiero
- art. 19
CAPÍTULO IV. Pérdidas por deterioro, provisiones y contribuciones a planes de pensiones
- arts. 20 a 22
CAPÍTULO V. Otras limitaciones a la deducibilidad de gastos
- arts. 23 a 24
CAPÍTULO VI. Reglas de valoración
SECCIÓN 1ª. Reglas de valoración: general y especiales
- arts. 25 a 27
SECCIÓN 2ª. Tratamiento de las operaciones entre personas o entidades vinculadas
- arts. 28 a 34
CAPÍTULO VII. Exención en valores representativos de los fondos propios de entidades y establecimientos permanentes
- arts. 35 y 36
CAPÍTULO VIII. Exención por reinversión
- arts. 37 y 38
CAPÍTULO IX. Rentas procedentes de la cesión de determinados activos intangibles
- art. 39
CAPÍTULO X. Tratamiento fiscal de determinadas ayudas
- art. 40
CAPÍTULO XI. Obra benéfico social de las cajas de ahorro y fundaciones bancarias
- art. 41
CAPÍTULO XII. Base liquidable
- art. 42
CAPÍTULO XIII. Reducciones de la base imponible
SECCIÓN 1ª. Reducción de bases liquidables negativas
- art. 43
SECCIÓN 2ª. Reducción por dotación a la reserva especial para inversiones
- arts. 44 a 48
TÍTULO V. Periodo impositivo y devengo del impuesto
- arts. 49 y 50
TÍTULO VI. Deuda tributaria
CAPÍTULO I. Tipos de gravamen, cuotas íntegra, líquida y efectiva, y tributación mínima
- arts. 51 a 53
CAPÍTULO II. Bonificaciones
- arts. 54 y 55
CAPÍTULO III. Métodos para evitar la doble imposición
- arts. 56 y 57
CAPÍTULO IV. Deducciones por incentivos
SECCIÓN 1ª. Deducciones para incentivar inversiones en inmovilizado material
- arts. 58 a 60
SECCIÓN 2ª. Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades
- arts. 61 a 65.bis
SECCIÓN 3ª. Incentivos a la creación de empleo
- art. 66
SECCIÓN 4ª. Normas comunes
- art. 67
CAPÍTULO V. Pago fraccionado
- art. 68
CAPÍTULO VI. Deducción de los pagos a cuenta
- art. 69
TÍTULO VII. Gestión del impuesto
CAPÍTULO I. El Índice de Entidades
- arts. 70 a 72
CAPÍTULO II. Obligaciones contables. Revalorizaciones voluntarias
- arts. 73 y 74
CAPÍTULO III. Declaración-autoliquidación
- arts. 75 y 76
CAPÍTULO IV. Devoluciones
- arts. 77 y 78
CAPÍTULO V. Obligación de retener e ingresar a cuenta
- arts. 79 y 80
TÍTULO VIII. Regímenes tributarios especiales
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
- art. 81
CAPÍTULO II. Transparencia fiscal internacional
- arts. 82 a 86
CAPÍTULO III. Agrupaciones de interés económico, españolas y europeas, y uniones temporales de empresas
- arts. 87 a 91
CAPÍTULO IV. Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas
- arts. 92 y 93
CAPÍTULO V. Entidades de capital-riesgo
- art. 94
CAPÍTULO VI. Instituciones de inversión colectiva
- arts. 95 a 97
CAPÍTULO VII. Consolidación fiscal
- arts. 98 a 115
CAPÍTULO VIII. Fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores, y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o de una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea
- arts. 116 a 129
CAPÍTULO IX. Entidades parcialmente exentas y partidos políticos
SECCIÓN 1ª. Régimen de las entidades parcialmente exentas
- arts. 130 a 132
SECCIÓN 2ª. Régimen de los partidos políticos
- arts. 133 y 134
CAPÍTULO X. Establecimientos permanentes
- art. 135
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Referencias normativas
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. Aplicación de normativa estatal
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. Medidas de apoyo al emprendimiento
DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Derecho de rescate en los contratos de seguro colectivo que instrumentan los compromisos por pensiones asumidos por las empresas en los términos previstos en la disposición adicional primera del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Restricciones a la exención por doble imposición de dividendos
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEXTA. Concepto de entidad patrimonial en periodos impositivos iniciados con anterioridad a 1 de enero de 2017
DISPOSICIÓN ADICIONAL SÉPTIMA. Régimen fiscal de los Fondos de Activos Bancarios y de sus partícipes
DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA. Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana en operaciones de reestructuración empresarial
DISPOSICIÓN ADICIONAL NOVENA. Régimen fiscal especial aplicable a las transmisiones de elementos patrimoniales en procesos de reestructuración y resolución de entidades de crédito
DISPOSICIÓN ADICIONAL DÉCIMA. Régimen fiscal especial aplicable a las entidades deportivas
DISPOSICIÓN ADICIONAL UNDÉCIMA. Tributación de los socios de las sociedades civiles con objeto mercantil en régimen de atribución de rentas
DISPOSICIÓN ADICIONAL DUODÉCIMA. Tributación de los socios de agrupaciones de interés económico o uniones temporales de empresas sometidas a otra normativa
DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOTERCERA. Tributación de los socios de Sociedades de Inversión de Capital Variable
DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCUARTA. Tributación de los socios de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario
DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOQUINTA. Obligación de retención en los supuestos de rentas procedentes de arrendamientos de inmuebles rústicos
DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOSEXTA. Acuerdo de la Diputación Foral de Navarra, de 1 de septiembre de 1972
DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOSÉPTIMA. Límites a la reducción de bases liquidables negativas en periodos impositivos que se inicien en 2020 y 2021
DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOCTAVA. Excepción a la obligación de retención en determinados supuestos de rentas procedentes de arrendamientos de inmuebles urbanos
DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMONOVENA. Sociedades civiles agrarias que transforman sus propios productos
DISPOSICIÓN ADICIONAL VIGESIMOPRIMERA. Deducción por actividades de innovación tecnológica de procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Sociedades civiles y sociedades agrarias de transformación sujetas a este Impuesto
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. Disolución de las sociedades civiles y de las sociedades agrarias de transformación
DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Tributación de los socios de sociedades civiles sujetas al Impuesto sobre Sociedades
DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Régimen fiscal de los ajustes contables por la primera aplicación del Plan General de Contabilidad, aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas, aprobado por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre o del Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras, aprobado por el Real Decreto 1317/2008, de 24 de julio
DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. Reversión de las pérdidas por deterioro de valor de los elementos patrimoniales y de las dotaciones a provisiones consideradas fiscalmente deducibles
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEXTA. Regularización de ajustes extracontables
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SÉPTIMA. Régimen transitorio aplicable a las pérdidas por deterioro de los valores representativos de la participación en el capital o en los fondos propios de entidades, y a las rentas negativas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente, generadas en periodos impositivos iniciados con anterioridad a 1 de enero de 2017
DISPOSICIÓN TRANSITORIA OCTAVA. Rentas derivadas de la transmisión de participaciones
DISPOSICIÓN TRANSITORIA NOVENA. Régimen transitorio en el Impuesto sobre Sociedades de las deducciones para evitar la doble imposición
DISPOSICIÓN TRANSITORIA DÉCIMA. Régimen transitorio de la reducción por explotación de la propiedad industrial o intelectual
DISPOSICIÓN TRANSITORIA DUODÉCIMA. Deducciones pendientes de aplicación a la entrada en vigor de esta ley foral
DISPOSICIÓN TRANSITORIA DECIMOTERCERA. Devolución de la deducción por la realización de actividades de investigación científica e innovación tecnológica
DISPOSICIÓN TRANSITORIA DECIMOCUARTA. Empresas jóvenes e innovadoras y personas o entidades calificadas como emprendedoras
DISPOSICIÓN TRANSITORIA DECIMOQUINTA. Régimen transitorio de las participaciones en entidades que hayan aplicado el régimen especial de sociedades patrimoniales establecido en la Ley Foral 24/1996, de 30 de diciembre
DISPOSICIÓN TRANSITORIA DECIMOSEXTA. Valor fiscal de los elementos patrimoniales adjudicados a los socios con ocasión de la disolución de sociedades patrimoniales y sociedades transparentes
DISPOSICIÓN TRANSITORIA DECIMOSÉPTIMA. Valor fiscal de las participaciones de las instituciones de inversión colectiva
DISPOSICIÓN TRANSITORIA DECIMOCTAVA. Grupos fiscales
DISPOSICIÓN TRANSITORIA DECIMONOVENA. Grupos fiscales mixtos
DISPOSICIÓN TRANSITORIA VIGÉSIMA. Incorporación de la eliminación de las correcciones de valor de la participación en entidades del grupo fiscal
DISPOSICIÓN TRANSITORIA VIGESIMOPRIMERA. Régimen de consolidación fiscal de los grupos formados por entidades de crédito integrantes de un sistema institucional de protección de las cajas de ahorros
DISPOSICIÓN TRANSITORIA VIGESIMOSEGUNDA. Participaciones en el capital de la entidad transmitente y de la entidad adquirente
DISPOSICIÓN TRANSITORIA VIGESIMOTERCERA. Régimen transitorio derivado de la extinción del régimen especial de las sociedades de promoción de empresas
DISPOSICIÓN TRANSITORIA VIGESIMOCUARTA. Régimen transitorio de los beneficios sobre operaciones financieras
DISPOSICIÓN TRANSITORIA VIGESIMOQUINTA. Orden de aplicación de las deducciones de la cuota en los periodos impositivos que se inicien en el año 2016
DISPOSICIÓN TRANSITORIA VIGESIMOSEXTA. Determinación de la cuota líquida y de la tributación mínima en el supuesto de deducciones por doble imposición interna pendientes de aplicar
DISPOSICIÓN TRANSITORIA VIGESIMOSÉPTIMA. Régimen transitorio aplicable a las deducciones correspondientes a proyectos investigación y desarrollo o innovación tecnológica y por participación en su financiación, así como las relativas a producciones cinematográficas y series
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DECRETO FORAL 7/2012, de 1 de febrero, por el que se modifica el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra, aprobado por Decreto Foral 48/2007, de 11 de junio.