En el juicio de divorcio contencioso LECN número 489/02, a instancia de doña Francisca García Antúnez, contra don José Carlos Daroca Pangua, sobre L04 divorcio contencioso, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente ...

SecciónAdministración de Justicia
EmisorJuzgado de Primera Instancia número 6 de Bilbao (Bizkaia)

En el juicio de divorcio contencioso LECN número 489/02, a instancia de doña Francisca García Antúnez, contra don José

Carlos Daroca Pangua, sobre L04 divorcio contencioso, se ha

dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente

Providencia del Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, don Constantino Merino González.-En Bilbao, a tres de septiembre de dos mil

tres.

1. El anterior oficio, únanse a los autos de su razón.

2. Habiendo resultado negativas las gestiones realizadas para conocer el domicilio o residencia actual de la parte demandada, después de haberse intentado sin resultado la comunicación por correo y la domiciliaria, procédase, como ordenan los artículos 156.4 y 164, ambos de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, a emplazar a la parte demandada por medio de edicto, que se fijará en el tablón de anuncios de este Juzgado durante el tiempo del emplazamiento hasta el día señalado para el juicio.

3. Hágase saber a la parte actora que, si lo desea, puede publicarse el edicto en la prensa oficial, o en algún diario de difusión nacional o provincial, pero a su costa (artículo 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurruente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Lo acuerda y firma S.S.a, doy fe.-El...

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