Orden Foral 206/2010, de 29 de abril, de aprobación definitiva del expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Laguardia, referente a la parcela nº 145, polígono 3, con las condiciones establecidas en los fundamentos de la Orden Foral nº 544/2009, de 25 de septiembre.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Administración Local y Equilibrio Territorial
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 206/2010, de 29 de abril, de aprobación definitiva del expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Laguardia, referente a la parcela nº 145, polígono 3, con las condiciones establecidas en los fundamentos de la Orden Foral nº 544/2009, de 25 de septiembre.

  1. ANTECEDENTES

    Único.- Mediante escrito, con fecha de entrada en el Registro General de la Diputación Foral de Álava del día 16 de noviembre de 2009, D. Oscar Del Río, en representación del Grupo Freixenet, interpone recurso de reposición contra la Orden Foral nº 544/2009, de 25 de septiembre, por la que se denegó la aprobación definitiva del expediente de modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Laguardia, referente a la parcela nº 145 del polígono 22.

  2. FUNDAMENTOS

    Primero.- Son dos las consideraciones que se efectúan en el escrito del recurso. Por un lado, se alega que el requerimiento efectuado a través del Ayuntamiento para completar la documentación tuvo entrada en dicha Institución el 17 de septiembre de 2009, habiéndose celebrado la sesión de la Comisión de Urbanismo de Álava el día 21 del mismo mes, no pudiendo en tiempo tan escaso dar cumplimiento a lo solicitado.

    Por otro lado, se argumenta que no ha sido tenido en cuenta el nuevo documento de evaluación conjunta de impacto ambiental, de 10 de julio de 2009, en el que se recogen las modificaciones impuestas en el informe definitivo de ECIA (como por ejemplo la construcción por debajo de la cota 650), razón por la que gran parte de los argumentos para la denegación de la aprobación definitiva carecen de fundamento.

    En base a las consideraciones expuestas solicita sea aprobada definitivamente la modificación tramitada.

    Segundo.- Entrando en el análisis de las alegaciones formuladas resulta fundamental, para efectuar el pronunciamiento acerca del presente recurso, determinar si las razones de índole ambiental que motivaron la denegación fueron o no subsanadas en el documento de ECIA que fue elevado a la Diputación Foral, junto con el resto del expediente, para la aprobación definitiva.

    En este sentido se ha recabado informe del Servicio de Medio Ambiente y Biodiversidad en fecha 25 de noviembre de 2009, habiéndose recibido contestación en fecha 21 de abril de 2010. En dicho informe se señala que se ha dado cumplimiento a las condiciones impuestas en el informe definitivo de impacto ambiental, por lo que habiendo desaparecido los obstáculos legales que impidieron la aprobación...

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