Anuncio de subasta de bienes inmuebles (TVA-603) Número expediente: 48 05 99 00070524 Nombre/razón social: Don Carlos Akordarrementeria Barrenechea Número documento: 48 05 603 04 007113934 ...

SecciónAdministración General del Estado
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales

Número expediente: 48 05 99 00070524

Nombre/razón social: Don Carlos Akordarrementeria Barrenechea

Número documento: 48 05 603 04 007113934

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 05 de Sestao.

Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor don Carlos Akordarrementeria Barrenechea, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

Providencia: Una vez autorizada, con fecha 22 de noviembre de 2004, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 26 de enero de 2005, a las 9:15 horas, en la calle Gran Vía, número 89-8.a planta, de Bilbao y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio («Boletín Oficial del Estado» del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en la relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

  1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la providencia de subasta.

  2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

  3. Las cargas preferentes, si...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR