Doña Inés Valor Nevado, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 8 de Bizkaia. Hago saber: Que en autos número 237/93, ejecución número 27/93, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Ana Lourdes Moreno García, contra la empresa Artepán Uno, S.A., sobre ejecución Smac,...

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 8 de Bilbao (Bizkaia)

cedula de notificacion

Doña Inés Valor Nevado, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 8 de Bizkaia.

Hago saber: Que en autos número 237/93, ejecución número 27/93, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Ana Lourdes Moreno García, contra la empresa Artepán Uno, S.A., sobre ejecución Smac, se ha dictado lo siguiente:

La Ilma. Sra. doña Emilia Ruiz-Jarabo Quemada, habiendo visto los presentes autos seguidos entre partes, de la una y como demandante doña Ana Lourdes Moreno García asistida del Letrado don Oscar Tundo, y de la otra, y como demandada, la empresa Artepán Uno, S.A., representada por don Francisco Javier Andrés Zalabardo, y asistida del Letrado don Carlos Ruiz de Gordejuela y Retana, en trámite de ejecución de sentencia, en nombre del Rey, ha dictado el siguiente:

Auto.-En Bilbao, a diecisiete de enero de mil novecientos noventa y cuatro.

Hechos

Primero.-En los presentes autos se sigue ejecución a instancia de doña Ana Lourdes Moreno García por un importe de principal de cuatrocientas sesenta y siete mil cuatrocientas nueve (467.409) pesetas, como consecuencia del acto de conciliación celebrado ante la Delegación Territorial de Trabajo de Bizkaia, con fecha veintinueve de junio de mil novecientos noventa y dos.

Segundo.-De la cantidad acordada, la actora ha percibido la suma de trescientas ochenta y siete mil (387.000) pesetas, en las fechas y cuantías que se hacen constar en el anexo del escrito presentado por la demandada el nueve de diciembre último, que obrando en autos se da enteramente por reproducido.

Tercero.-El nueve de diciembre de mil novecientos noventa y tres, la empresa demandada presentó escrito solicitando que se declare que la cantidad que se adeuda a la actora asciende a ochenta mil cuatrocientas nueve (80.409) pesetas, acordándose en providencia de dieciséis de diciembre siguiente citar a las partes de comparecencia conforme a lo previsto en el artículo 235 de la Ley de Procedimiento Laboral, teniendo lugar ésta, el día fijado, con el resultado que consta en autos.

II Razonamientos jurídicos

La empresa demandada reconoce adeudar a la actora la cantidad de ciento cuarenta y ocho mil (148.000) pesetas, por haberle abonado a plazos la cantidad de trescientas diecinueve mil cuatrocientas nueve (319.409) pesetas a cuenta de la cantidad que fue objeto de conciliación que ascendía a un total de cuatrocientas sesenta y siete mil cuatrocientas nueve (467.409) pesetas, y que lo fue por el...

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