Decreto 25/2013, de 24 de mayo, de modificación del Decreto 54/2002, de 12 de abril, por el que se regulan las indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Illes Balears, y del Decreto 87/2012, de 16 de noviembre, de evaluación y certificación de conocimientos de lengua catalana

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

El artículo 4 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears determina que la lengua catalana, propia de las Illes Balears, tendrá, junto con la castellana, el carácter de idioma oficial y que las instituciones de las Illes Balears garantizarán el uso normal y oficial de los dos idiomas, tomarán las medidas necesarias para asegurar su conocimiento y crearán las condiciones que permitan llegar a la igualdad plena de las dos lenguas en cuanto a los derechos de los ciudadanos de las Illes Balears.

La Ley 3/1986, de 29 de abril, de Normalización Lingüística en las Illes Balears, en el título preliminar, establece como objetivo específico de la norma, entre otros, hacer efectivo el uso progresivo y normal de la lengua catalana en el ámbito oficial y administrativo y determina que los poderes públicos tienen que adoptar las medidas necesarias para hacer efectivos la promoción, el conocimiento y el uso normal de la lengua catalana.

El Decreto 54/2002, de 12 de abril, por el que se regulan las indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Illes Balears, ha sido modificado posteriormente por el Decreto 106/2004, de 28 de diciembre; por el Decreto 8/2005, de 28 de enero; por el Decreto 98/2010, de 27 de agosto; por el Decreto 62/2011, de20 de mayo, y por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Mediante el Decreto 16/2011, de 25 de febrero, de evaluación y certificación de conocimientos de lengua catalana (BOIB n.º 37, de 12 de marzo), la Dirección General de Política Lingüística adaptó su sistema de certificación de conocimientos de lengua catalana al Marco europeo común de referencia para las lenguas: aprender, enseñar, evaluar (MECR). El Decreto 16/2011 fue derogado por el Decreto 6/2012, de 3 de febrero, de evaluación y certificación de conocimientos de lengua catalana (BOIB n.º 19, de 7 de febrero), en cuyos anexos se establecen los contenidos de los certificados que expide la Dirección General de Cultura y Juventud. La adaptación al MECR ha supuesto, entre otras novedades, cambios en la estructura de las pruebas y la ampliación del tiempo necesario para hacerlas.

Mediante el Decreto 87/2012, de 16 de noviembre, de evaluación y certificación de conocimientos de lengua catalana (BOIB n.º 170, de 17 de noviembre), se deroga el Decreto 6/2012, y de acuerdo con el artículo 2 se otorga al consorcio Instituto de Estudios Baleáricos (IEB) la competencia para convocar y administrar las pruebas de conocimientos de lengua catalana. Asimismo, en la disposición final segunda se autoriza al Consejo de Dirección del IEB a actualizar (enmendar, aumentar o reducir), de acuerdo con lo que establezca la normativa vigente, los importes de las indemnizaciones que tiene que percibir el personal colaborador de las pruebas de conocimientos de lengua catalana, de acuerdo con los...

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