Decreto Foral 92/2011 del Diputado General, de 17 de mayo, por el que se designan Vocales de la Comisión Consultiva de la Administración Foral de Álava.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Diputado General
Rango de LeyDecreto foral

Mediante Decreto Foral 109/2007, de 11 de mayo, se designó como vocales de la Comisión Consultiva de la Administración Foral de Álava, a Rafael Francisco Álvarez Fernández, Fermín Ancizar Fayanás, Isabel Arceredillo Zaldúa, Francisco Javier Armentia Basterra, Francisco Arrázola Arrien, Carmen Azcue Abrisqueta, Daniel Martínez Monge, Iñaki Unamuno Antía, Luis Alberto Valdor Fernández, Luis López-Huerta Martínez de Aragón, José María Bahillo Maestro y Javier Bartolomé Vallejo.

El artículo 8.2 del Decreto Foral 40/1999, del Consejo de Diputados, de 30 de marzo, que crea la Comisión Consultiva de la Administración Foral de Álava, aprobando su Reglamento orgánico, señala:

Los Vocales desempeñarán la función que les es propia por un período de cuatro años, pudiendo ser designados nuevamente para sucesivos períodos de igual duración, cesando, en todo caso, por alguna de las causas siguientes: a. Expirar el período para el que fueron nombrados. b. Pasar a una situación administrativa distinta de la de servicio activo. c Prestar servicios en otra Administración Pública y no proceda pasar a otra situación administrativa. d. Perder la condición de funcionario de la Administración Foral. No obstante lo dispuesto en el párrafo a) precedente, los Vocales continuarán en funciones hasta que no sean sustituidos o bien sean objeto de nueva designación.

En la circunstancia prevista en el apartado d) se encuentran

Fermín Ancizar Fayanás.

Por otra parte, Teresa Viguri Martínez y Juan Ignacio Martínez Alonso, designados en el cargo de vocal mediante Decreto Foral 94/2006, de 12 de mayo, se encuentran incursos en el supuesto del apartado a).

Procede por tanto la designación de nuevos vocales de la Comisión Consultiva.

Finalmente, el Decreto Foral 40/1999, del Consejo de Diputados de 30 de marzo, que crea la Comisión Consultiva de la Administración Foral de Álava, y aprueba su Reglamento orgánico, reconoce en su art. 7 la competencia del Diputado General para el nombramiento del Secretario de la Comisión Consultiva de la Administración Foral de Álava, requiriéndose la condición de Letrado o Técnico de la Diputación Foral.

A estos efectos, el art. 16 del Decreto Foral 39/2008, del Consejo de Diputados de 20 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica y...

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