Resolución de la Dirección General de la Función Pública, por la que se Publica el Reglamento de organización y funcionamiento de Mesa de Negociación de los Empleados Públicos Dependientes de la Junta de Extremadura y sus Organismos Autónomos (Resolución de 21 de diciembre de 1995)

Publicado enDO Extremadura de 26 de Diciembre 1995
Ámbito TerritorialNormativa de Extremadura
RangoResolución

Visto el acuerdo adoptado por los miembros de la Mesa de Negociación de los Empleados Públicos de la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el catorce de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, por el que aprueban el Reglamento de organización y funcionamiento interno de la Mesa:

Esta Dirección General, de conformidad con el artículo 17 de dicho Reglamento y en virtud del Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal,

RESUELVE:

Publicar en el 'Diario Oficial de Extremadura' el acuerdo adoptado por la Mesa de Negociación de los Empleados Públicos de la Junta de Extremadura por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de dicha Mesa.

Mérida, 21 de diciembre de 1995.

El Director General de la Función Pública.

Jose M.ª Ramirez Moran.

REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE NEGOCIACION DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS DEPENDIENTES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y SUS ORGANISMOS AUTONOMOS.

  1. OBJETO.

    El presente Reglamento establece las normas de organización y funcionamiento de la Mesa de Negociación de los Empleados Públicos de la Junta de Extremadura y sus Organismos Autónomos, constituida al amparo de la Ley 5/1995, de 20 de abril, de modificación parcial y urgente del texto refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura.

  2. DEFINICION.

    La Mesa de Negociación de los Empleados Públicos dependientes de la Junta de Extremadura y sus Organismos Autónomos, es el órgano competente para la negociación de las condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y al personal laboral.

  3. COMPOSICION.

  4. La composición de la Mesa de Negociación de los Empleados Públicos y sus Organismos Autónomos será la siguiente:

    Presidente: El Consejero de Presidencia y Trabajo.

    -Vocales:

    * El Director General de la Función Pública que actuará de Vicepresidente.

    * Los Secretarios Generales Técnicos de cada una de las Consejerías que conforman la Junta de Extremadura.

    * El Director General de Coordinación e Inspección.

    * El Director General de Planificación y Presupuestos.

    * El Interventor General de la Junta de Extremadura.

    * El Jefe del Gabinete Jurídico de la Junta de Extremadura.

    * Tres representantes por cada una de las Organizaciones Sindicales más representativas a nivel estatal y de la Comunidad Autónoma, así como los Sindicatos que hayan obtenido el 10% o más de los representantes en las elecciones para Delegados, Juntas de Personal y Comités de Empresa.

    Secretario: El...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR