Doña María Teresa Santos Gutiérrez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 25 de Barcelona. Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se tramita autos de juicio ejecutivo-letras de cambio número 1.397/91-3.a, a instancia de Mondial Forni España, S.A., representada por el Procurador don Antonio María de Anzizu Furest, contra don Juan Antonio Arrue Lozano y don José Manuel Arrue Lozano, que han sido declarados en rebeldía y en ejecución de sentencia dictada en ellos se anuncia la venta en pública subasta, por término de veinte (20) días, de ciento ocho (108)...

SecciónAdministración de Justicia
EmisorJuzgado de Primera Instancia número 25 de Barcelona

Doña María Teresa Santos Gutiérrez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 25 de Barcelona.

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se tramita autos de juicio ejecutivo-letras de cambio número 1.397/91-3.a, a instancia de Mondial Forni España, S.A., representada por el Procurador don Antonio María de Anzizu Furest, contra don Juan Antonio Arrue Lozano y don José Manuel Arrue Lozano, que han sido declarados en rebeldía y en ejecución de sentencia dictada en ellos se anuncia la venta en pública subasta, por término de veinte (20) días, de ciento ocho (108) bienes inmuebles embargados a los demandados, que han sido tasados pericialmente y cuyo acto tendrá lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado y en la forma siguiente:

Primera subasta: El día ocho de junio y hora de las diez (10), por el precio que se dirá.

Segunda subasta: Caso de no quedar rematados los bienes en la primera, con rebaja del veinticinco por ciento (25%) del tipo, el día trece de julio y hora de las diez (10).

Tercera subasta: Si no se rematara en ninguna de las anteriores, el día catorce de septiembre a la hora de las diez (10), sin sujeción a tipo pero con las condiciones de la segunda.

Condiciones: Las establecidas en los artículos 1.488 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en especial:

Primero.-Que los títulos de propiedad de los bienes estarán de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado para que puedan ser examinados por los que quieran tomar parte en la subasta, previniéndoles, además, a los licitadores que deberán conformarse con ellos y que no tendrán derecho a exigir ningunos otros, no admitiéndose después del remate ninguna reclamación por insuficiencia o defecto de los títulos.

Segundo.-Que no se admitirá postura, en primera ni en segunda subasta, que no cubran las dos terceras partes de los tipos de licitación; que hasta el día señalado para el remate podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, que deberá ser presentado en la Secretaría del Juzgado, con el justificante del ingreso de la consignación, antes del momento señalado para la subasta; que sólo el ejecutante podrá hacer postura a calidad de ceder el remate a un tercero.

Tercero.-Que para tomar parte deberán consignar previamente los licitadores, en la mesa del Juzgado o en establecimiento destinado a tal efecto una cantidad igual o superior al veinte por ciento (20%) de los respectivos tipos de licitación sin cuyo...

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