Decreto Foral 14/2010, del Consejo de Diputados de 13 de abril, que modifica diversos Decretos Forales del Consejo que regulan la obligación de informar sobre cuentas, operaciones y activos financieros, la obligación de suministrar información sobre las operaciones con terceras personas, que aprobaron los Reglamentos regulador de las obligaciones de facturación y de Sociedades.
Sección | Disposiciones Administrativas |
Rango de Ley | Decreto foral |
Por medio del presente Decreto Foral se modifican diversos preceptos de distintos Decretos Forales entre las que se encuentran las introducidas en el Decreto Foral 60/2002, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, que incorpora un nuevo supuesto de excepcionalidad a la obligación a retener y de ingresar a cuenta.
Asimismo se modifica el Decreto Foral 111/2008, de 23 de diciembre, que regula con carácter general la obligación de informar a la Hacienda Foral sobre cuentas, operaciones y activos financieros y en concreto la obligación que tienen las entidades de crédito y demás entidades que se dediquen al tráfico bancario o crediticio, de presentar declaraciones informativas anuales sobre saldos por importe superior a 6.000 euros y sobre imposiciones, disposiciones de fondos y cobros de cualquier documento cuando su importe sea superior a 3.000 euros.
Además se introduce la obligación de informar acerca de los cobros efectuados mediante tarjetas de crédito o débito cuando el importe neto anual exceda de 3.000 euros y se excluye a las empresas o entidades que instrumenten compromisos por pensiones, de la obligación de informar sobre aportaciones a los planes de previsión social empresarial.
Igualmente se realiza un ajuste técnico en cuanto a la obligación de informar sobre operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles.
Por otra parte se modifica la Disposición Transitoria Tercera del Decreto Foral 12/2009, de 10 de febrero, que aprueba la obligación de informar sobre operaciones incluidas en los libros registro y modifica el Decreto Foral 124/1993, de 27 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Y por último, se modifica el Decreto Foral 21/2009, de 3 de marzo, que regula la obligación de suministrar información sobre las operaciones con terceras personas, se añade una nueva disposición adicional al Decreto Foral 24/2004, de 23 de marzo, que aprueba el Reglamento regulador de las obligaciones de facturación y modifica diversos preceptos del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Decreto Foral 124/1993, de 27 de abril y se regula mediante una disposición adicional al presente Decreto las obligaciones informativas de las compañías suministradoras de energía eléctrica.
Visto el informe emitido al respecto por el Servicio de Normativa Tributaria y el emitido por la Comisión Consultiva.
En su virtud, a propuesta del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy,
DISPONGO
Se añade una nueva letra z) al artículo 50 del Decreto Foral 60/2002, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, que queda redactado de la siguiente forma:
z) Las remuneraciones y compensaciones por derechos económicos que perciba la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores por los prés tamos de valores realizados en cumplimiento de lo establecido en el artículo 57 del Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, sobre representación de valores por medio de anotaciones en cuenta y compensación y liquidación de operaciones bursátiles.
Asimismo, la entidad mencionada en el párrafo anterior tampoco estará obligada a practicar retención por las remuneraciones y compensaciones derivadas de los préstamos de valores tomados en cumplimiento de lo previsto en el citado artículo 57, que abone a las entidades o personas prestamistas...
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