ORDEN FORAL 4/2006, de 18 de enero, por la que se fijan los plazos de presentación de solicitudes para acogerse a parte de las ayudas reguladas en los Decretos Forales 47/2004 de 6 de julio, 50/2005 de 2 de agosto y 52/2005 de 2 agosto.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyOrden foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 3 de Febrero de 2006 , * B.O.T.H.A. Num. 14I - DIPUTACI"N FORAL DE LAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas "rdenes ForalesDEPARTAMENTO DEAGRICULTURA Ref. 369ORDEN FORAL 4/2006, de 18 de enero, por la que se fijan los plazos de presentaciÑn de solicitudes para acogerse a parte de las ayudas reguladas en los Decretos Forales 47/2004 de 6 de julio, 50/2005 de 2 de agosto y 52/2005 de 2 agosto. La DisposiciÑn Adicional Ïnica del Decreto Foral 47/2004, del Consejo de Diputados de 6 de julio, que aprobÑ el Plan de Ayudas al Sector Agrario Alav?s, faculta al Diputado Foral de Agricultura para dictar las normas necesarias para el desarrollo y ejecuciÑn de lo dispuesto en dicho Decreto asÕ como para fijar los plazos de presentaciÑn de solicitudes para acogerse a las ayudas reguladas en el mismo, si no estàn ya especificados en el Anexo 3 del citado Decreto. El Decreto Foral 52/2005 del Consejo de Diputados de 2 de agosto, que aprueba las lÕneas de ayudas y bases para la concesiÑn de las asumidas por DiputaciÑn Foral de lava en el marco Sectorial de la patata en lava, dispone en su artÕculo cuarto que el plazo para solicitar las ayudas previstas en el mismo se establecerà anualmente mediante Orden Foral del Diputado de Agricultura. La DisposiciÑn adicional primera del Decreto Foral 50/2005 que aprueba las bases de concesiÑn de las lÕneas de ayudas para el fomento de m?todos de producciÑn agraria compatibles con las exigencias del medio ambiente y la conservaciÑn de los recursos naturales en el Territorio HistÑrico de lava, faculta asimismo al Diputado Foral de Agricultura, entre otras, para establecer el plazo de solicitudes para acogerse a las ayudas reguladas en el mismo. Considerando que este Decreto està aprobado en desarrollo del Plan de Desarrollo Rural Sostenible de la Comunidad AutÑnoma del PaÕs Vasco aprobado por la UniÑn Europea en base al Reglamento (CE) 1257/2004, cuya vigencia finaliza en el presente aÐo 2006, al amparo del cual se han aprobado ayudas cuyos compromisos finalizaron el 31 de diciembre de 2005. Considerando que el Reglamento1360/2005 de la ComisiÑn de 18 de agosto de 2005 que modifica el Reglamento (CE) 817/2004 por el que se establecen disposiciones de aplicaciÑn del Reglamento (CE) 1257/1999 del Consejo sobre la ayuda al desarrollo Rural a cargo del fondo Europeo de OrientaciÑn y de GarantÕa AgrÕcola (FEOGA)...

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