Decreto 28/2014, de 27 de junio, de aprobación de los Estatutos de la entidad pública empresarial Serveis de Millora Agrària i Pesquera

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

La Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, regula el régimen general de creación, de organización y de funcionamiento del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma, incidiendo especialmente en el régimen de control y tutela de los entes instrumentales con la pretensión esencial de conseguir una actuación transparente en la gestión de los intereses públicos presidida por criterios de buen gobierno, profesionalidad e integridad de los gestores públicos. Esta ley prevé varias medidas tendentes a racionalizar la utilización del abanico de entes instrumentales y a limitar el gasto público, potenciando los mecanismos de control financiero y estableciendo nuevas medidas de control.

La disposición adicional octava de la Ley 9/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2012, autoriza al Gobierno de las Illes Balears a realizar todas las actuaciones que sean necesarias para racionalizar y reducir el conjunto de entidades instrumentales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, incluso transformarlas, extinguirlas, fusionarlas o integrarlas, en todo o en parte, en otros entes instrumentales o en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

En aplicación de dicha disposición adicional octava de la Ley 9/2011, el Parlamento de las Illes Balears, mediante la Ley 8/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2014, dispuso la creación de la entidad pública empresarial Serveis de Millora Agrària i Pesquera (artículo 29 de la Ley), con la naturaleza de entidad pública empresarial de las que prevé el artículo 2.1b de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

La Ley de creación de Serveis de Millora Agrària i Pesquera, en su último apartado, prevé que, una vez aprobados los estatutos de la nueva entidad, se extinguirá la entidad SEMILLA, SAU, mediante la cesión global de activos y pasivos, sin liquidación, en los términos que establece la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. SEMILLA fue creada por el Decreto 33/1991, de 21 de marzo.

Los fines generales que le asigna la Ley son los relacionados con la agricultura, la ganadería y la...

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