Doña Emelina Santana Páez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número 5 de Bizkaia. Hago saber: Que en el auto número 599/91, seguido a instancia de don Athanasio Douris Athanasiu; don Víctor Manuel Garayo Urquijo; doña Francisca Orihuela Muñoz y doña M.a Angeles Valencia Doblas, sobre cantidad, frente a la empresa Brisas Internacional, S.A., se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:...

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 5 de Bilbao (Bizkaia)

Doña Emelina Santana Páez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número 5 de Bizkaia.

Hago saber: Que en el auto número 599/91, seguido a instancia de don Athanasio Douris Athanasiu; don Víctor Manuel Garayo Urquijo; doña Francisca Orihuela Muñoz y doña M.a Angeles Valencia Doblas, sobre cantidad, frente a la empresa Brisas Internacional, S.A., se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por don Anastasio Dounis Athanasiu; don Víctor Manuel Garayo Urquijo; doña Francisca Orihuela Muñoz y doña M.a Angeles Valencia Doblas, frente a la empresa Brisas Internacional, S.A., habiendo sido emplazado el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa Brisas Internacional, S.A., a que abone a los actores las siguientes cantidades: a don Athanasio Dounis Athanasiu, 4.624.489 pesetas; a don Víctor Manuel Garayo Urquijo, 7.480.546 pesetas; a doña Francisca Orihuela Muñoz, 5.325.148 pesetas y a doña M.a Angeles Valencia Doblas, 5.607.689 pesetas.

No cabe efectuar pronunciamiento alguno en relación con el Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la responsabilidad que en su caso le corresponda asumir a tenor de las disposiciones legales.

Notifíquese la presente resolución a las partes a las que se hará saber que contra la...

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