Edicto.-Cédula de notificación.-Autos 625/09, ejecución 323/09

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 6 de Bilbao (Bizkaia)

Doña Fátima Elorza Arizmendi, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 6 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos número 625/09, ejecución 323/09, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Leire Sarasola Murga, José Manuel Irañeta Aracil, Antonio García-Alfageme Zarza y Borja Serra de la Torre contra las empresas Mamut Events, S.L., Asian Home Style Group, S.L. y CF Eventos, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente:

dispongo:

1. Se declara extinguido desde el día de hoy el contrato de trabajo que unía a las empresas Mamut Events, S.L., Asian Home Style Group, S.L. y CF Eventos, S.L., con Leire Sarasola Murga, José Manuel Irañeta Aracil, Antonio García-Alfageme Zarza y Borja Serra de la Torre.

2. Se condena a Mamut Events, S.L., Asian Home Style Group, S.L. y CF Eventos, S.L., a que abone a:

- Leire Sarasola Murga, la cantidad de 1.301,70 euros de indemnización (75 días x 43,39), y salarios de tramitación, 9.545,80 euros (220 días x 43,39).

- José Manuel Irañeta Aracil, la cantidad de 5.694,93 euros de indemnización (131,25 días x 43,39), y salarios de tramitación, 9.545,80 euros (220 días x 43,39).

- Antonio García-Alfageme Zarza, la cantidad de 15.962,85 euros de indemnización (427,50 días x 37,34), y salarios de tramitación, 8.214,80 euros (220 días x 37,34).

- Borja Serra de la Torre, la cantidad de 15.962,85 euros de indemnización (427,50 días x 37,34), y salarios de tramitación, 8.214,80 euros (220 días x 37,34).

En estas cantidades se incluyen las que fueron objeto de condena en la sentencia.

Dichas cantidades devengarán, desde el día de hoy y hasta su total pago, los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Notifíquese esta resolución a Ias partes.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil) sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito...

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