Edicto.-Cédula de notificación.-Autos 841/12

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 4 de Bilbao (Bizkaia)

Edicto.-Cédula de notificación.-Autos 841/12

Doña María José Marijuán Gallo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 4 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos S.S.resto número 841/12, de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Liborio Torrico González, contra Cromados Gernika, S.L., sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente:

Vistos por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número 4 de Bilbao, don Miguel Ángel Gómez Pérez, los presentes autos número 841/12, seguidos a instancia de Liborio Torrico González frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, Mutualia y Cromados Gernika, S.L., sobre incapacidad, en nombre del Rey, ha dictado la siguiente:

Sentencia número 128/14.-En Bilbao, a tres de abril de dos mil catorce.

Fallo: estimo en su petición subsidiaria la demanda presentada por Liborio Torrico González frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Mutualia y Cromados Guernica, S.L., y declaro que el actor está afecto de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común para su profesión habitual, condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración, con las consecuencias legales y económicas correspondientes.

Impugnación: Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, debiendo ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, debiendo designar Letrado o graduado social para su formalización.

Para recurrir la demandada deberá ingresar en la cuenta IBAN: ES55 00493569920005001274 y en el campo concepto indicar: 4720/0000/00/0841/12 del grupo Banco Santander, la cantidad líquida importe de la condena, sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciado el recurso. Dicha consignación puede sustituirse por aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer...

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