Edicto.-Cédula de citación.-Autos 792/13

SecciónJuez
EmisorJuzgado de lo Social número 4 de Bilbao (Bizkaia)

Edicto.-Cédula de citación.-Autos 792/13

Doña María José Marijuán Gallo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 4 de Bilbao.

Hago saber: Que en autos número 792/13 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Aitor Aresti Larrondo, María Dolores Arresti Larrondo, Goiuri Bilbao Gallastegui, Sonia Claros Merino, Francisco Fernández Fernández, Daniel García Antón, Sixta Tulia Hernández Herrera, María Josefa López Muñoz, Josefa Aranzazu Pérez Blanco, Miguel Piedra Lecue, Manuel Trinidad Gutiérrez, María Jesús Trinidad Gutiérrez, Daniela Valean y Beder Wilches Cantillo contra Kurutzberri, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente:

CÉDULA DE CITACIÓN

Autoridad que ordena citar: La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número 4 de Bilbao.

Asunto en que se acuerda: Juicio número 792/13, promovido por Aitor Aresti Larrondo, María Dolores Arresti Larrondo, Goiuri Bilbao Gallastegui, Sonia Claros Merino, Francisco Fernández Fernández, Daniel García Antón, Sixta Tulia Hernández Herrera, María Josefa López Muñoz, Josefa Aranzazu Pérez Blanco, Miguel Piedra Lecue, Manuel Trinidad Gutiérrez, María Jesús Trinidad Gutiérrez, Daniela Valean y Beder Wilches Cantillo, sobre reclamación de cantidad.

Fecha de la resolución que lo acuerda: 31 de enero de 2014.

Persona a la que se cita: Kurutzberri, S.L. en concepto de parte demandada.

Objeto de la citación: Asistir en el concepto indicado a la celebración del acto de conciliación y, en su caso, juicio.

Lugar, día y hora en que debe comparecer: Para el acto de conciliación debe comparecer el día 19 de mayo de 2014, a las 10:00 horas, en la Secretaría de este Juzgado, 6 del Palacio de Justicia.

De no alcanzar avenencia en dicho acto, deberá acudir a las 10:10 horas, Sala de vistas número 8. Barroeta Aldamar, 10-primera planta, al objeto de celebrar el correspondiente juicio.

Prevenciones legales

  1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

    Para el interrogatorio a practicar en el acto del juicio, debe comparecer la persona que legalmente represente en juicio a la persona jurídica citada, presentando justificación documental de dicho extremo (artículo 91.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

    Si no comparece sin justa causa, a la primera citación, podrán considerarse reconocidos como ciertos los hechos...

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