DECRETO FORAL 42/2003, del Consejo de Diputados de 10 de junio, que modifica el artículo 8.2 del Decreto Foral del Consejo de Diputados 40/99, de 30 de marzo, de Reglamento Orgánico de la Comisión Consultiva de la Administración Foral de Álava.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 23 de Junio de 2003 , * B.O.T.H.A. Num. 72I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Decretos Forales del Consejo de DiputadosI - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Ref. 3.972DECRETO FORAL 42/2003, del Consejo de Diputados de 10 de junio, que modifica el artículo 8.2 del Decreto Foral del Consejo de Diputados 40/99, de 30 de marzo, de Reglamento Orgánico de la Comisión Consultiva de la Administración Foral de Álava. Mediante Decreto Foral 40/1999, del Consejo de Diputados de 30 de marzo, se creó la Comisión Consultiva de la Administración Foral de Álava, aprobando su Reglamento orgánico. El artículo 8.2 del citado Reglamento Orgánico, dispone: "Los Vocales desempeñarán la función que les es propia por un período de cuatro años, pudiendo ser designados nuevamente para sucesivos períodos de igual duración, cesando, en todo caso, por alguna de las causas siguientes: a) Expirar el período para el que fueron nombrados. b) Pasar a una situación administrativa distinta de la de servicio activo. c) Perder la condición de funcionario de la Administración Foral. Como quiera que en el período de tiempo transcurrido se han producido algunos hechos que aconsejan modificar el número de las causas de cese previstas. En su vista, a propuesta del Diputado General y...

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