Decreto Foral 46/2008, del Consejo de Diputados de 20 de mayo, que aprueba la estructura orgánica y funcional del Departamento de Obras Públicas y Transportes.

SecciónDisposiciones Administrativas
EmisorDepartamento de Obras Públicas y Transportes
Rango de LeyDecreto foral

En la Administracion Foral la competencia para establecer la organización administrativa la tiene atribuida el Consejo de Diputados de la Diputacion Foral de Alava, en virtud de lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía del País Vasco, la Ley de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos, la Ley reguladora de las bases del régimen local y la normativa institucional aprobada por las Juntas Generales.

En ejercicio de esta capacidad se aprobó la Norma Foral 52/1992, de 18 de Diciembre de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación, a cuyo amparo el Diputado General, por Decreto Foral 186/2007, de 8 de Agosto, ha establecido los Departamentos en que se estructura la Diputación y las materias que les corresponden.

Al Departamento de Obras Públicas y Transportes, se le asignan las áreas de Planificación, Proyectos, Construcción, Conservación y Explotación de Carreteras, Expropiaciones, Transportes y las demás que señale el ordenamiento jurídico.

La actividad administrativa sobre estas materias se desarrolla en el marco de las potestades y atribuciones establecidas con carácter general para los Departamentos en los artículos 38, 40, 70, 73 y concordantes de la Norma Foral de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación Foral.

Fijado el ámbito material del que es responsable y competente el Departamento de Obras Públicas y Transportes, el presente Decreto Foral establece su estructura, teniendo en cuenta los informes emitidos al respecto, y dando cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Foral del Diputado General número 186/2007, del 8 de Agosto.

En su virtud, a propuesta del Diputado de Obras Públicas y Transportes, y previa deliberación del Consejo de Diputados en Sesión celebrada en el día de hoy.

DISPONGO:

CAPITULO I Artículos 1 a 19

DISPOSICIONES COMUNES

Artículo 1

Areas de Actuación.

El Departamento de Obras Públicas y Transportes tiene asignadas las áreas de Planificación, Proyectos, Construcción, Conservación y Explotación de Carreteras, Expropiaciones, Transportes, y las demás que señale el ordenamiento jurídico, conforme a lo dispuesto en el Decreto Foral del Diputado General 186/2007, del 8 de Agosto, por el que se determinan los Departamentos de la Diputación Foral de Álava.

Artículo 2

Estructura.

Para el ejercicio de las funciones y competencias relativas a las áreas de actuación señaladas en el artículo anterior, el Departamento de Obras Públicas y Transportes, bajo la superior dirección del/la Diputado/a Foral titular de este Departamento, se estructura en las siguientes unidades orgánicas:

Dirección de Obras Públicas y Transportes

  1. Servicio de Carreteras. - Sección de Mejora de Carreteras. - Sección de Explotación y Seguridad Vial. - Sección de Topografía. b) Servicio de Conservación y Mantenimiento. - Sección de Conservación y Vialidad. c) Servicio de Secretaría Técnica de Obras Públicas y Transportes. - Negociado de Obras Públicas y Transportes. d) Servicio Jurídico Administrativo. - Sección Expropiaciones. e) Servicio de Transportes.

Artículo 3

Adscripciones.

Están adscritos, al Departamento de Obras Públicas y Transportes, los siguientes Organismos, Sociedades Públicas o

Entidades con sus correspondientes números de identificación en el Registro de Entidades:

Artículo 4

Competencias del/ de la Diputado/a.

1. El/la Diputado/a Foral titular del Departamento de Obras Públicas y Transportes ejercerá las competencias asignadas en el artículo 40 y concordantes de la Norma Foral 52/1992, de 18 de Diciembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación Foral de Álava y cuantas otras le atribuya la normativa en el ámbito de las funciones y áreas de actuación que correspondad al Departamento. 2. El/la Diputado/a Foral dirigirá las Sociedades Públicas adscritas al Departamento, conforme a lo establecido en este Decreto y a la legislación aplicable en la materia. 3. El/la Diputado/a Foral titular del Departamento de Obras Públicas y Transportes será sustituido por quien se determine en el Consejo de Diputados

Artículo 5

Funciones de los/las Directores/as.

Corresponden a los/las Directores/as las funciones generales asignadas en el artículo 75 y concordantes de la Norma Foral 52/1992, de 18 de Diciembre de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación.

Artículo 6

Las unidades administrativas: Servicios, Secciones y Negociado.

A los Jefes de las unidades administrativas, además de las funciones que en razón de la materia se especifican en el presente Decreto, les corresponden siguientes:

  1. Dirigir, gestionar y controlar la actividad de la/s unidad/es administrativa/s que tenga/n asignada/s. b) Elaborar la propuesta presupuestaria y confeccionar la memoria anual de la unidad. c) Realizar propuestas sobre la dotación de recursos humanos y desempeñar la jefatura directa del personal asignado, ejerciendo, entre otras, las funciones de: 1. Controlar el cumplimiento del horario. 2. Controlar los permisos y licencias. 3. Distribuir las tareas y trabajos, y supervisar y responder de su cumplimiento. 4. Atender y cuidar del buen uso de las dependencias, instalaciones y equipamientos adscritos. 5. La tramitación y propuesta de resolución de los expedientes relativos a la materia encomendada, así como de los escritos formulados al amparo del derecho de petición.

6. Responder de la consecución de los objetivos fijados.

En los casos de ausencia o impedimento temporal de los responsables de las unidades administrativas, sus funciones serán ejercidas por quien determine en cada caso el responsable de la Dirección de la quien dependan. A falta de determinación expresa se ejercerán por el superior jerárquico correspondiente.

Artículo 7

Mesa de Contratación.

Se constituye en el Departamento de Obras Públicas y Transportes una mesa de Contratación permanente para cuantos contratos celebre este Departamento por procedimiento abierto o restringido, en el ámbito de sus competencias.

La mesa de Contratación estará compuesta por:

Presidente: Director/a de Obras Públicas y Transportes, o persona en quien delegue.

Secretario: Jefatura de Negociado de Obras Públicas y

Transportes, o persona en quien delegue.

Vocal: Jefatura del Servicio de Secretaría Técnica de Obras Públicas y Transportes, o persona en quien delegue.

Vocal: Jefatura del Servicio proponente de la contratación, o persona en quien delegue.

Dos vocales a designar por las unidades administrativas que tengan atribuidas el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y la intervención.

Nº ENTIDAD DENOMINACIÓN
177 Arabako Lanak, S.A
181 Vías de Álava, S.A.
179 Junta Arbitral de Transportes de Álava
CAPITULO II

FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Artículo 8

Dirección de Obras Públicas y Transportes.

Además de las asignadas por la Norma Foral 52/1992, de 18 de diciembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación, corresponde a la Dirección de Obras Públicas y Transportes el ejercicio de las siguientes funciones:

  1. ...

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