DECRETO FORAL 2/2004, del Consejo de Diputados de 13 de enero, que aprueba el Reglamento de estructura y funcionamiento del Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 2 de Febrero de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 14Disposiciones y Resoluciones Administrativas I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Ref. 232DECRETO FORAL 2/2004, del Consejo de Diputados de 13 de enero, que aprueba el Reglamento de estructura y funcionamiento del Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Instituto Foral de Bienestar Social fue creado, como organismo autónomo adscrito al Departamento de Bienestar Social de la Diputación Foral de Álava, mediante la Norma Foral 21/1988, de 20 de junio. Su constitución persigue el cumplimiento de los fines que, relacionados con los Servicios Sociales en el Territorio Histórico de Álava, corresponden a la Diputación Foral en el marco de la antigua Ley Vasca 6/1982, de 20 de mayo, y de la Ley Vasca 27/1983, de 25 de noviembre, de Relaciones entre las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de sus Territorios Históricos. El Decreto Foral 1.620/1988, de 4 de octubre, aprobó un primer Reglamento de Organización, Régimen y Funcionamiento del Instituto Foral de Bienestar Social, mediante el cual se completó la regulación que ya incluía la mencionada Norma Foral y se concretaron aspectos organizativos, funcionales y procedimentales. Posteriormente, sucesivos Decretos Forales del Consejo de Diputados, tales como el 701/1991, de 1 de octubre, el 151/1993, de 20 de julio, el 119/1995, de 5 de diciembre y el 126/1999, de 28 de septiembre, fueron modificando la composición del Consejo de Administración del organismo autónomo a medida que ha ido cambiando la estructura departamental de la Diputación Foral de Álava. A su vez, el Decreto Foral 135/1999, de 2 de noviembre, dio nueva redacción a los artículos 13, 14 y 15 del Reglamento de Organización, Régimen y Funcionamiento del Instituto Foral de Bienestar Social, para adaptar el régimen de los recursos administrativos a la reforma que operó la Ley 4/1999, de 13 de enero, sobre la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La nueva Ley Vasca 5/1996, de 18 de octubre, de Servicios Sociales y toda la normativa que la desarrolla exigen una puesta al día del régimen jurídico por el que se rige el organismo autónomo, que constituye el principal instrumento de gestión en materia de Bienestar Social para la Diputación Foral de Álava. A tal efecto, especial relevancia cabe atribuir al Decreto del Gobierno Vasco 155/2001, de 30 de julio, de Determinación de Funciones en Materia de Servicios Sociales, fruto del Acuerdo Interinstitucional suscrito el 8 de febrero de 2001 por el Ejecutivo de la Comunidad Autónoma, las tres Diputaciones Forales y EUDEL. La práctica administrativa desarrollada por el Instituto Foral de Bienestar Social durante los últimos años y la experiencia que, desde su creación, ha venido acumulando aconsejan actualizar el desarrollo reglamentario de su organización, régimen y funcionamiento, si bien respetando los principios legales que se fijan en la Norma Foral 21/1988. Dicha actualización debe incluir, necesariamente, algunas medidas que agilicen su gestión ordinaria y que, al mismo tiempo, clarifiquen su estructura interna para un ejercicio más adecuado de las competencias que tiene atribuidas. A este respecto, la naturaleza autónoma del Instituto Foral de Bienestar Social aconseja, por razones prácticas, dotar de la máxima operatividad a sus diferentes unidades orgánicas. Por otra parte, la vinculación existente entre el organismo autónomo y el Departamento de Asuntos Sociales de la Diputación Foral de Álava no siempre se ha plasmado con nitidez en los textos normativos. Esta falta de claridad ha propiciado cierta confusión sobre el reparto competencial entre ambos sujetos administrativos e, incluso, sobre los mecanismos de toma de decisiones en materia de Servicios Sociales. La actualización reglamentaria que se pretende mediante este Decreto Foral también aborda los problemas de relación orgánica para ofrecer soluciones jurídicas estables. Otros aspectos fundamentales de la gestión que desarrolla el Instituto Foral de Bienestar Social se han caracterizado, hasta ahora, por la falta de concreción normativa. De hecho, los informes de auditoría anual elaborados por el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas manifiestan como recomendación la necesidad de actualizar las normas de estructura y funcionamiento del, entonces, Departamento de Bienestar Social y del Instituto Foral de Bienestar Social, a fin de clarificar la distribución asignación de competencias entre el Departamento y el Organismo Autónomo. Esta necesidad se incrementa con la entrada en vigor tanto del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas como del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba su Reglamento General. A este respecto, el presente Decreto Foral traslada al ámbito del organismo autónomo los principios de la Norma Foral 53/1992, de 18 de diciembre, de Régimen Económico y Presupuestario del Territorio Histórico de Álava, estableciendo el máximo paralelismo entre la distribución competencial que, por razón de la cuantía de las contrataciones, se realiza entre los órganos rectores del Instituto y la que está vigente para los órganos ejecutivos de la Diputación Foral. La evolución reciente del Instituto Foral de Bienestar Social viene determinada por el proceso de funcionarización de su personal laboral fijo, conforme a lo previsto en los Decretos Forales del Consejo de Diputados 56/1999, de 27 de abril, 114/1999, de 23 de julio, 24/2000, de 7 de marzo y 91/2000, de 5 de septiembre. El cambio del régimen laboral al régimen funcionarial altera sustancialmente el marco normativo de referencia para la gestión cotidiana, lo cual implica una mayor adaptación del organismo autónomo a las exigencias del Derecho Administrativo. Para afrontar las primeras adaptaciones en este sentido, el Consejo de Diputados de 27 de marzo aprobó el Decreto Foral 39/2001, por el que se modifica, una vez más, el Reglamento de Organización, Régimen y Funcionamiento del organismo autónomo. Los hechos y circunstancias que se han ido enumerando justifican la superación del Reglamento originario a través de un nuevo Decreto Foral, que integre los aspectos más significativos de la estructura y funcionamiento del Instituto Foral de Bienestar Social, todo ello desde una perspectiva de moderna técnica administrativa y con vocación de estabilidad. En su virtud, a propuesta del Diputado Foral titular del Departamento de Asuntos Sociales y previa deliberación del Consejo de Diputados en la sesión celebrada en el día de hoy, DISPONGO: Artículo único.- Se aprueba el Reglamento del Instituto Foral de Bienestar Social, cuyo texto se inserta como Anexo a este Decreto Foral. DISPOSICIÓN ADICIONAL 1. Se modifica el Decreto Foral 17/2003, del Consejo de Diputados de 25 de febrero, que aprueba la Relación de Puestos de Trabajo del Organismo Autónomo Instituto Foral de Bienestar Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 13 del Anexo al presente Decreto Foral, de modo que los puestos que a continuación se relacionan pasan a identificarse con sus nuevas denominaciones: CÓDIGO DENOMINACIÓN ANTIGUA DENOMINACIÓN NUEVA 83.001 DIRECTOR/A ÁREA ECONÓMICA SUBDIRECTOR/A TÉCNICO/A DEL ÁREA ECONÓMICA Y PRESUPUESTARIA 1.001 JEFE/A DE ORGANIZACIÓN SUBDIRECTOR/A TÉCNICO/A DEL ÁREA DE ORGANIZACIÓN E INFORMÁTICA 3.001 JEFE/A DE RELACIONES LABORALES SUBDIRECTOR/A TÉCNICO/A DEL ÁREA DE PERSONAL 81.001 DIRECTOR/A TÉCNICO/A 3ª EDAD SUBDIRECTOR/A TÉCNICO/A DEL ÁREA DE PERSONAS MAYORES 81.002 DIRECTOR/A TÉCNICO/A MINUSVALÍAS SUBDIRECTOR/A TÉCNICO/A DEL ÁREA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. 81.003 DIRECTOR/A TÉCNICO/A SUBDIRECTOR/A TÉCNICA DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES POLIVALENTES INTERVENCIÓN SOCIAL. 2. Se modifica el Decreto Foral 17/2003, del Consejo de Diputados de 25 de febrero, y se introducen las siguientes adaptaciones al presente Decreto Foral: - Donde dice "ÁREA: 2 TERCERA EDAD" pasa a denominarse "ÁREA: 2 PERSONAS MAYORES". - Donde dice "UNIDAD: 1010 D. TÉCNICA 3ª EDAD" pasa a denominarse "UNIDAD: 1010 SUBDIRECCIÓN TÉCNICA PERSONAS MAYORES". - Donde dice "ÁREA : 3 MINUSVALÍAS" pasa a denominarse "ÁREA: 3 PERSONAS CON DISCAPACIDAD". - Donde dice "UNIDAD: 2010 D. TÉCNICA MINUSVAL." pasa a denominarse "UNIDAD: 2010 SUBDIRECCIÓN TÉCNICA PERSONAS CON DISCAPACIDAD". - Donde dice "ÁREA: 4 SERVICIOS SOCIALES POLIVALENTES" pasa a denominarse "ÁREA: 4 INTERVENCIÓN SOCIAL". - Donde dice "UNIDAD: 3070 EQUIPO TÉC. INFANCIA" pasa a decir "UNIDAD: 3070 EQUIPO TÉCNICO DEL MENOR Y FAMILIA". 3. Se extingue el Servicio Territorial de Infancia, Juventud y Familia y se transforma en el Área Técnica del Menor y la Familia, de modo que se crea el "ÁREA: 5 MENOR Y FAMILIA" en el Decreto Foral 17/2003, del Consejo de Diputados de 25 de febrero, quedando adscritos a la misma todos los puestos correspondientes a la Unidad: 3070 y los correspondientes a la Unidad 3111. 4. Se modifica el Decreto Foral 17/2003, del Consejo de Diputados de 25 de febrero, cambiando la denominación del puesto de "Jefe/a del Servicio Territorial de Infancia, Juventud y Familia" (código: 77.001), por el de "Subdirector/a Técnico/a del Área del Menor y la Familia" con las siguientes especificaciones en la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Foral de Bienestar Social: CÓD. T.REG. FORMA ADMINIS. REQUISITOS PARA RETRIBUCIONES LOCAL P.DED. PROV. SU DESEMPEÑO DESTINO CLASIF. TIT P.L REQ. NIV. COMP AC. ESP. C.D. ESP. G E S C 77.001 S L C.A.V. A 1 4 29 31.069,48 VITORIA DISPOSICIÓN DEROGATORIA Queda derogado el Decreto Foral 1.620/1988, del Consejo de Diputados de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Régimen y Funcionamiento del Instituto Foral de Bienestar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR