DECRETO FORAL 37/2002, del Consejo de Diputados de 18 de junio, que aprueba la convocatoria pública y las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto del curso académico 2002-2003.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 1 de Julio de 2002 , * B.O.T.H.A. Num. 73I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Decretos Forales del Consejo de DiputadosJUNTASGENERALESDEALAVA Ref. 3.989DECRETO FORAL 37/2002, del Consejo de Diputados de 18 de junio, que aprueba la convocatoria pública y las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adquisición de libros de texto del curso académico 2002-2003. La Diputación Foral de Álava, en colaboración con el Ayunta miento de Vitoria-Gasteiz, y de conformidad con los acuerdos presupuestarios alcanzados con el grupo socialista para el ejercicio 2002, propone la convocatoria para el curso académico 2002/2003, de ayudas dirigidas a la adquisición de libros de texto de uso obligatorio, determinado éste según criterio de cada Centro Educativo, para los cursos que correspondan al 2° Ciclo de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria. Vistos los informes preceptivos. En su virtud, a propuesta del Diputado Foral titular del Departa mento de Cultura, y previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada por el mismo en el día de hoy, DISPONGO: Primero.- Aprobar la Convocatoria pública de ayudas para la adquisición de libros de texto para el curso académico 2002/2003, con una dotación máxima de 1.694.854,15 euros. Segundo.- Aprobar las Bases que regirán la presente Convo catoria, que quedan unidas al expediente. Tercero.- La partida presupuestaria que ampara este gasto es la 70.1.05.82.05.461.00.20.9 del Presupuesto de Gastos de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2002. Cuarto.- El estudio y, en su caso, concesión o denegación de ayudas económicas, se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes. Una vez cumplimentados todos los trámites relacionados con cada solicitud se someterán a la consideración del Diputado titular del Departamento, quien resolverá mediante la correspondiente Orden Foral que será motivada. Quinto.- Las resoluciones se dictarán en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la petición de ayuda. Sexto.- La presente resolución agota la vía administrativa pudiendo interponer, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación de este acto, ante el Diputado Foral titular del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR