DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 130/2010, de 23 de noviembre, regulador del Plan Foral de Emergencias del Territorio Histórico de Bizkaia.

SecciónAdministración Foral del Territorio Histórico de Bizkaia
EmisorDepartamento de Relaciones Municipales y Administración Pública
Exposición de motivos

El Plan Foral de Emergencias se elabora para preveer, prevenir y hacer frente a las emergencias generales que afecten a las personas, bienes y medio ambiente que se puedan presentar en el ámbito del Territorio Histórico de Bizkaia y establece la organización de los servicios y recursos propios y asignados en situaciones propias de la Protección Civil.

En base a lo anteriormente expuesto la Diputación Foral de Bizkaia, en virtud de sus competencias, elabora el presente Plan Foral de Emergencias del Territorio Histórico de Bizkaia, en adelante (PFETHB).

Para su elaboración se han tenido en cuenta los criterios y directrices establecidos en el Plan de Protección Civil de Euskadi (apartado 1.2. del Capítulo III del Título III), habiendo sido aprobado por la Comisión Nacional de Protección Civil de Euskadi.

Por consiguiente, el PFETHB define la organización general de la gestión de las emergencias en Bizkaia en el ámbito de sus competencias y recursos y, por otra parte, fija los principios, medios y mecanismos que permitan el funcionamiento coordinado de dicho Plan con los de ámbito inferior y superior, ya sean de índole normal o especial.

En su virtud, a propuesta del Diputado General y previa deliberación del Consejo de Diputados en sesión celebrada en el día de hoy,.

DISPONGO:

Artículo 1 Plan Foral de Emergencias del Territorio Histórico de Bizkaia.

Se aprueba por medio del presente Decreto el Plan Foral de Emergencias del Territorio Histórico de Bizkaia, que figura en el anexo al presente Decreto.

ANEXO.

  1. Definición del objetivo y alcance del Plan.

    1.1. Definición del plan.

    El PFETHB define el marco orgánico-funcional y los mecanismos de movilización de medios y recursos necesarios para la protección de personas y bienes en caso de incidente grave, catástrofe o calamidad pública, así como la forma de coordinación con otras instituciones, públicas y/o privadas; intervinientes.

    Para ello la Diputación Foral de Bizkaia elaborara en exclusiva o en colaboración con otras instituciones públicas o privadas los planes específicos encaminados a disminuir la probabilidad de ocurrencia de incidentes graves, catástrofes o calamidades públicas.

    1.2. Objetivos.

    El PFETHB tiene por objeto hacer frente a las situaciones de grave riesgo, catástrofes o calamidades públicas, que pudieran presentarse en su ámbito territorial, y establecer el marco organizativo correspondiente.

    Para ello:

    - Analiza y planifica todos los dispositivos necesarios para dar respuesta a las situaciones de emergencia que pudieran producirse en Bizkaia y fueran susceptibles de activar el plan, asegurando dicha respuesta de manera rápida y eficaz, evitando las improvisaciones.

    - Coordina todos los servicios, medios y recursos propios y asignados por activación del propio plan territorial.

    - Garantiza la coordinación e integración necesaria con los niveles de planificación municipal y autonómico.

    - Asegura la primera respuesta ante cualquier situación de emergencia en el ámbito de sus competencias y medios.

    - Hace posible el ejercicio del mando único para la gestión de las situaciones de emergencia.

    - Identifica y estudia los riesgos y elementos vulnerables del Territorio Histórico de Bizkaia.

    - Elabora el catálogo de medios y recursos, además de los protocolos de actuación.

    - Prevé el traspaso de funciones y responsabilidades al/a la Director/a del Plan Territorial de Protección Civil de Euskadi, en los casos previstos en el LABI de situaciones de activación, completa o no, del mismo.

    En apoyo en la consecución de estos objetivos, la Diputación Foral de Bizkaia:

    - Promoverá un centro de coordinación operativa de los medios de la Diputación Foral de Bizkaia y un sistema de transmisiones, garantizando con ambos una mejor respuesta de dichos medios ante incidencias rutinarias, ante situaciones de intervención requeridas de SOS-DEIAK o ante la activación del Plan Territorial de Protección Civil de Euskadi.

    - Promoverá las actividades de protección corporativa y ciudadana, por medio de la formación y la información sobre prevención e intervención en situaciones de emergencia.

    - Fomentará y colaborará en la elaboración, implantación y mantenimiento actualizado de los planes municipales de emergencia.

    - Fomentará y colaborará en la elaboración, implantación y mantenimiento actualizado de los planes de autoprotección de actividades, establecimientos o instalaciones ubicados en el Territorio Histórico de Bizkaia, ya sean de titularidad pública o privada.

    - Realizará los convenios de colaboración necesarios con entidades públicas o privadas para conseguir cualquiera de los objetivos anteriormente citados.

    1.3. Alcance.

    El alcance del Plan viene definido por los riesgos que en el Territorio Histórico de Bizkaia puedan generar situaciones de emergencia y exigirá una respuesta por parte de los Grupos de Acción.

    El PFETHB es de aplicación en todo el Territorio Histórico de Bizkaia cuya extensión, límites y características geográficas quedan definidas más adelante.

    De acuerdo con el apartado 1.2. del Capítulo III del Plan de Protección Civil de Euskadi (LABI), se definen las funciones, características y contenidos mínimos del PFETHB, atendiendo prioritariamente a los aspectos preventivos y de autoprotección, sin perjuicio de otros operativos y de organización de intervención ante emergencias, con los medios y recursos propios Forales o los asignados por otras Administraciones.

    En los casos que así se determine, se redactarán y aprobarán los correspondientes convenios de colaboración e intervención con los Territorios colindantes ya sean de la propia CAV como de otras vecinas siempre que se estime oportuno, por motivos derivados de la evaluación de riesgos y/o de la necesaria rapidez de intervención.

    1.4. Carácter preventivo del plan.

    El contenido preventivo del PFETHB se basa en la planificación de campañas informativas y formativas entre la población en general y a colectivos particulares en caso necesario, para concienciar a los ciudadanos de los riesgos que les puedan afectar y para familiarizarlos con las medidas de autoprotección y protección.

    1.5. Dirección del plan.

    La dirección del PFETHB recae en el titular del Departamento de Administración Pública y Relaciones Municipales, Departamento en el que residen las competencias en materia de Seguridad y Protección Civil de la Diputación Foral de Bizkaia, pudiendo delegar estas funciones en el/la Director/a de Servicios Generales de dicho Departamento.

    Al objeto de previsión de cambios por el transcurso del tiempo de los cargos de responsabilidad en la Dirección del Plan y en su Consejo Asesor, los nombres de las personas correspondientes figuran en un anexo que habrá de renovarse cuando ello sea necesario.

    (Véase Anexo 1: Cargos de responsabilidad del PFETHB) .

    1.6. Estructura del plan.

    La estructura orgánica y funcional del PFETHB establece los órganos necesarios para la dirección, coordinación y realización de todas las operaciones necesarias para la resolución de las emergencias y sus funciones.

    El CECOP es el Centro de Coordinación Operativa, desde el cual se realiza la dirección y coordinación de todas las operaciones involucradas en la resolución de las emergencias objeto del Plan.

    Se definen los Grupos de Acción necesarios para actuar en cualquier tipo de emergencia dentro de las competencias de la Administración Foral.

  2. Análisis del riesgo y vulnerables.

    Este análisis deberá ser resultado del trabajo y aportaciones, entre otros, de los Servicios Forales y estará necesitado de su actualización periódica y permanente.

    2.1. Análisis del territorio.

    (Véase Anexo 2.1).

    2.2. Demografía.

    (Véase Anexo 2.2).

    2.3. Recursos forestales.

    (Véase Anexo 2.3).

    2.4. Actividad industrial.

    (Véase Anexo 2.4).

    2.5. Transportes.

    (Véase Anexo 2.5).

    2.6. Estudio de riesgos.

    2.6.1. Clasificación.

    Los riesgos se pueden clasificar, según su origen, en tres tipos:

    - Naturales: aquellos cuyo desencadenante no está directamente provocado por la presencia o actividad del hombre, sino por factores geológicos y climáticos.

    - Antrópicos: aquellos provocados o derivados de las acciones o actividades humanas.

    - Tecnológicos: riesgos antrópicos que derivan del desarrollo tecnológico y de la aplicación y uso significativo de tecnologías.

    Conforme a las anteriores categorías se establece la siguiente clasificación de los riesgos más significativos a los que está afecto el Territorio Histórico de Bizkaia, sin perjuicio de revisiones posteriores. Como referencia para esta clasificación se toman como base los datos aportados por el Departamento de Interior del Gobierno Vasco en su documento informático «Gestión de Emergencias en la C. A. de Euskadi».

    Naturales.

    Movimientos del terreno: deslizamientos y desprendimientos, fundamentalmente producidos por fenómenos meteorológicos de lluvia, siendo su distribución y gravedad impredecibles en un primer momento.

    Inundaciones: por precipitación «in situ»; por escorrentía, avenida o desbordamiento de cauces y por rotura u operación incorrecta de obras de infraestructura hidráulica.

    Riesgos climáticos: nevadas, lluvias torrenciales, vientos fuertes, galernas, granizadas, heladas y sequía extraordinaria.

    Riesgo sísmico: según el Plan de Emergencia sobre Riesgo Sísmico en la Comunidad Autónoma de Euskadi el riesgo del Territorio Histórico de Bizkaia según la escala de Mercalli modificada, el Territorio Histórico de Bizkaia se halla dentro del nivel V: poco fuerte, la mayoría de los objetos se caen, caminar es dificultoso, las ventanas suelen hacer ruido o del nivel VI: fuerte, lo perciben todas las personas, muchas personas asustadas suelen correr al exterior, paso insostenible; las ventanas, platos y cristalería dañadas y los...

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