DECRETO FORAL 15/2001, del Consejo de Diputados de 20 de febrero, que modifica la Relación de Puestos de Trabajo de esta Diputación Foral, en lo referente al Complemento Específico de los puestos de Jefe del Servicio de Casa de Cultura y de Técnico Superior Bibliotecas por cambio horario.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoLunes, 5 de Marzo de 2001 , * B.O.T.H.A. Num. 27I - DIPUTACION FORAL DE ALAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas Ref. 1.270DECRETO FORAL 15/2001, del Consejo de Diputados de 20 de febrero, que modifica la Relación de Puestos de Trabajo de esta Diputación Foral, en lo referente al Complemento Específico de los puestos de Jefe del Servicio de Casa de Cultura y de Técnico Superior Bibliotecas por cambio horario. Por Orden Foral número 24/1999, de 25 de enero, modificada por Orden Foral número 231/2000, de 28 de julio, se fijaron los criterios de desarrollo del sistema de valoración de determinados complementos retributivos. En el Anexo III, referente a los Complementos de Disponibilidad y Penosidad Horaria, en su apartado 2. D), se recoge el criterio a aplicar en el supuesto de Penosidad Horaria del Personal de la Casa de Cultura. Asimismo, por Orden Foral número 184, de 6 de abril de 1999, modificada por Orden Foral 159, de 11 de mayo de 2000, fue aprobado el Procedimiento de Valoración de puestos de trabajo de la Administración General de la Diputación Foral de Álava. La citada Orden Foral, en su artículo 11 párrafo segundo, establece la posibilidad de que la Dirección de Función Pública pueda iniciar la valoración, o revisión, de puestos de trabajo, bien de oficio o a propuesta de la Dirección de Servicios Generales en tanto que competente en materia de organización. En su artículo 13, párrafo primero, establece que el análisis de los puestos, y en consecuencia, de las características que han de constituir el contenido de la Relación de Puestos de Trabajo debe traer origen en la creación de nuevos puestos de trabajo, o en la variación del contenido y características de los existentes. Estas revisiones, en virtud del artículo 17 de la Orden Foral número 184/99 citada, tendrán efectos desde el inicio del hecho causante. Con fecha 16 de febrero se ha dictado, por el Director de Función Pública, la resolución número 136/2001, modificando el horario de dos puestos de trabajo. Dicha modificación supone la alteración de un factor de aplicación automática y por lo tanto, no es objeto de análisis en el Comité de Valoración. El artículo 18 de la ley 6/89 del Función Pública Vasca, establece que, en todo caso, la creación, modificación, o supresión de puestos de puestos de trabajo se realizará a...

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