Diligencia de embargo de bienes inmuebles (TVA 48 04 501 10 005865332).

SecciónAdministración General del Estado
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva 48/04 de Bizkaia.

Hace saber: En el expediente administrativo de apremio número 48 04 09 00090743 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva número 48/04 contra Jaimes Carreño Henry, N.I.F./C.I.F. 79007019H, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos cuyo importe a continuación se indica:

Núm. Providencia Periodo Régimen

48 08 020910175 08 / 2008 0111

48 09 010188927 09 / 2008 0111

48 08 022098730 10 / 2008 0111

48 09 010705047 11 / 2008 0521

48 09 011740321 12 / 2008 0111

48 09 012001514 11 / 2008 0111

Importe deuda:

Principal 5.894,32 euros

Recargo de apremio 1.178,87 euros

Intereses 586,61 euros

Costas devengadas 10,46 euros

Costas e intereses presupuestados 600,00 euros

Total 8.270,26 euros

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio («B.O.E.» del día 25), declaro embargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen a continuación:

Datos del registro

Registro de la Propiedad de Bilbao número 1, finca 8945, libro 632, folio 130, tomo 1696.

Descripción

Vivienda exterior izquierda, tipo M, de la planta alta primera, que consta de hall, tres dormitorios, cocina comedor con solana y cuarto de aseo. Tiene una superficie útil de sesenta y cuatro metros y diecisiete decímetros cuadrados. participa con cuatro enteros y veinte centésimas de otros por ciento en los elementos comunes de la casa cuadruple de vecindad señalada con el número tres de la calle Monte Ganekogorta, en el barrio de Berriz, en Deusto, en esta villa de Bilbao, con número fijo de catastro U1230498D.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colabores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su...

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