Decreto sobre el Uso de Desfibriladores Externos Automáticos por Personal no Sanitario (Decreto 8/2007, de 23 de enero)

Publicado enBOPV
Ámbito TerritorialNormativa del Pais Vasco
RangoDecreto

La mayoría de las muertes súbitas no traumáticas son debidas a cardiopatías isquémicas que originan arritmias cardiacas letales. Aunque su incidencia está disminuyendo, posiblemente debido al impacto de medidas preventivas, constituye una de las principales causas de mortalidad en países económicamente avanzados.

El mejor tratamiento de las personas que padecen una parada cardiaca es la aplicación precoz de una serie de acciones que las sociedades científicas médicas han denominado cadena de supervivencia. Ésta incluye la activación del sistema de emergencias, la realización de maniobras de reanimación cardiopulmonar básica, la desfibrilación precoz y los cuidados médicos especializados.

Las evidencias clínicas y científicas ratifican que la desfibrilación temprana, en el seno de la cadena de supervivencia, es la respuesta sanitaria más adecuada para este grave problema de salud pública. Los avances tecnológicos han permitido desarrollar una categoría de desfibriladores con un funcionamiento automático, que lo hace idóneo para su uso fuera del ámbito estrictamente sanitario por personal no especializado, evitando de esta manera la ruptura de la cadena de supervivencia de la persona enferma hasta la llegada de los equipos de emergencia sanitaria.

Aunque, por su versatilidad y fiabilidad, no ha de desconocerse su empleo en el ámbito hospitalario de forma concurrente a los desfibriladores manuales, el desfibrilador externo automático está especialmente diseñado para su ubicación en espacios muy concurridos y para su uso por personas carentes de formación sanitaria, que suelen ser las que se encuentran directamente con una situación candidata a un proceso de desfibrilación inmediata. Ello explica la tendencia creciente a dotar a estos espacios de desfibriladores externos automáticos, tendencia que la Administración sanitaria, sin imposiciones, quiere contribuir a mantener y a potenciar.

Para ello, nada mejor que promover y facilitar el uso de estos aparatos en ámbitos no sanitarios por personas ajenas a la profesión médica. Con ese objetivo se dictó el Decreto 16/2005, de 25 de enero , por el que se regula el uso de desfibriladores externos automáticos por personal no médico.

Pese al escaso tiempo...

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