Decreto por el que se regula el Patronato de la Reserva Natural Integral de Muniellos. (Decreto 47/2006, de 18 de mayo)

Publicado enBOPA
Ámbito TerritorialNormativa de Asturias
RangoDecreto

El artículo 6.2 de la Ley del Principado de Asturias 9/2002, de 22 de octubre, de la Reserva Natural Integral de Muniellos, establece que para asistir a la Consejería competente en materia de gestión de espacios naturales protegidos, en la gestión de la Reserva existirá un Patronato, cuya composición predetermina, señalando que estará formado por representantes de la Administración del Principado de Asturias, los Ayuntamientos, la Universidad de Oviedo, asociaciones ecologistas domiciliadas en el Principado de Asturias, así como por personas de reconocida relevancia en el campo de los valores que la Reserva protege y fomenta.

Asimismo, dispone el citado artículo que el régimen de funcionamiento del Patronato será el que la Consejería establezca, y, en su defecto, el dispuesto para los órganos colegiados por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, previo acuerdo del Consejo de Gobierno, dispongo:

ARTÍCULO 1 Funciones

Corresponde al Patronato de la Reserva Natural Integral de Muniellos asistir en la gestión de la Reserva a la Consejería competente en materia de gestión de espacios naturales protegidos, emitiendo informe en todos aquellos asuntos que sean sometidos a su consideración por el titular de dicha Consejería, y, preceptivamente, en relación con la elaboración del Plan Rector de Uso y Gestión, antes de que se formule la propuesta final.

ARTÍCULO 2 Composición del Patronato
  1. El Patronato de la Reserva Natural Integral de Muniellos estará presidido por quien ostente la titularidad de la Consejería competente en materia de espacios naturales protegidos, y estará formada, además, por los siguientes miembros de pleno derecho:

    1. En representación de la Administración del Principado de Asturias:

      Quien ostente la titularidad de la Dirección General, o en su caso, Viceconsejería, competente en materia de espacios naturales protegidos, a quien corresponderá la Vicepresidencia Primera.

      Tres personas en representación de la Consejería competente en materia de espacios naturales protegidos, designados por quien ostente la...

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