Decreto por el que se crea la Comisión Interdepartamental de Política de Personal de La Rioja (Decreto 55/1997, de 17 de diciembre)

Publicado enBOR
Ámbito TerritorialNormativa de la Rioja
RangoDecreto

En el año 1986 se inició en esta Administración Pública la implantación de los catálogos de puestos de trabajo, y posteriormente de las relaciones de puestos de trabajo, mediante el Decreto 13/1986, de 14 de marzo. Hoy el marco legal se ha completado con importantes disposiciones que sirven de marco jurídico en nuestra Comunidad Autónoma. Por lo que afecta a las Relaciones de Puestos de Trabajo y retribuciones de personal, destacan la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la Ley 3/1995, de 8 de marzo, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y el Decreto 91/1995, de 13 de octubre, por el que se regula el ejercicio de las competencias administrativas, en desarrollo de la Ley anterior.

En la actualidad las relaciones de puestos de trabajo, tanto para personal funcionario como para el personal laboral, están plenamente implantados en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y las necesidades que se sienten respecto de las mismas distan mucho de las del año 1.986. Hoy se precisan mecanismos que, con la mayor agilidad posible, permitan adaptar las relaciones de puestos de trabajo a las estructuras y necesidades de nuestra Administración Pública. A la vez, se busca una mayor racionalización y homogeneización en dichas relaciones, todo ello dentro del máximo respeto a la legalidad vigente y la distribución de competencias entre los distintos órganos.

Los elementos esenciales que definen la política de personal requieren, por tanto, un tratamiento constante en una organización cada vez más compleja y en crecimiento permanente. Los componentes retributivo y organizativo deben resolverse con agilidad, por lo que los Centros Directivos con competencia directiva en la materia, deben trabajar conjuntamente, sin olvidar otros aspectos con Convenios Colectivos con Personal Laboral y Acuerdos con Personal Funcionario.

Intervienen en la mayor parte de las cuestiones que afectan a las relaciones de puestos de trabajo y a la retribución del personal dos Consejerías, la de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente y la de Hacienda y Promoción Económica, por lo que parece más racional y eficaz para favorecer la armonización de criterios y la adopción de soluciones, que actúen conjuntamente. Esto se consigue a través del órgano que se crea, y que habida cuenta las funciones que ha de desempeñar debe adoptar la forma de Comisión...

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