Decreto que crea el Instituto Riojano de Vitivinicultura (Decreto 13/1982, de 1 octubre)

Publicado enBOR
Ámbito TerritorialNormativa de la Rioja
RangoDecreto
ARTÍCULO 1

Se crea, bajo la dependencia de la Consejería de Agricultura y Alimentación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Instituto Riojano de Vitivinicultura (I.R.V.I.), con el carácter de Servicio dentro de la estructura orgánica de la misma.

ARTÍCULO 2

Los fines del Instituto Riojano de Vitivinicultura serán los de promoción, orientación, aprovechamiento, coordinación, potenciación, protección, organización y programación de todas las actividades convenientes a la vitivinicultura dentro de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Para el cumplimiento de estos fines desarrollará las siguientes funciones principales:

  1. Conocer en todo momento, la situación del sector vitivinícola de la región en sus aspectos estructurales y técnicos, así como en los económicos y sociales.

  2. Colaborar en las tareas que en la formación y conservación del Catastro Vitivinícola le sean encomendadas.

  3. Colaborar, promover o efectuar las investigaciones y experiencias adecuadas para la mejora tanto del cultivo de la vid, como de la elaboración de los productos de ella derivados, así como los estudios de mercado para los mismos y la promoción de su consumo.

  4. Actuar como Organismo Técnico Asesor de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen en los asuntos relacionados con sus misiones específicas, así como de Cooperativas vitivinícolas y Organizaciones socio-profesionales.

  5. Efectuar análisis vitícolas, de vinos y derivados, de control de calidad, de prevención y tratamientos enológicos y expedir certificados a petición de particulares o de Organismos.

  6. Actuar como Organismo de orientación, consulta y asesoramiento del sector vitivinícola regional en los problemas que planteen.

  7. Promover la difusión, conocimiento, utilización y consumo de los productos vitivinícolas riojanos.

  8. Promover y fomentar. coordinadamente con los otros Organismos competentes de la Consejería de Agricultura .y Alimentación, la mejora del cultivo y la calidad de los vinos y de otros productos derivados.

  9. Divulgar las técnicas más adecuadas tanto vitícolas como enológicas y procurar el perfeccionamiento de los técnicos y profesionales en materia de viticultura y enología.

  10. Colaborar con los Organos de la Administración del Estado que actúen dentro de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en la realización de todas las acciones relacionadas con la viticultura y enología.

  11. En general, todas cuantas...

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