Decreto de estructuración del Departamento de Bienestar Social y Familia (Decreto 63/2011, de 4 de enero)

Publicado enDOGC
Ámbito TerritorialNormativa de Cataluña
RangoDecreto

Mediante el Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, se ha modificado el ámbito competencial de los diferentes departamentos de la Administración de la Generalidad, se ha modificado la denominación de otros, y se ha reducido el número total de los existentes.

Estos cambios comportan la necesidad de estructurar el Departamento de Bienestar Social y Familia de acuerdo con su ámbito de competencias.

Por todo ello, de conformidad con el artículo 23 de la Ley 13/2008, del 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

A propuesta del titular del Departamento de Bienestar Social y Familia y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

ARTÍCULO 1 Estructura del Departamento

1.1 El Departamento de Bienestar Social y Familia bajo la dirección del/de la consejero/a, se estructura en los órganos siguientes:

  1. La Secretaría General.

  2. La Secretaría de Familia

  3. La Dirección General de Atención a la Infancia y a la Adolescencia

  4. La Dirección General para la Inmigración

  5. La Dirección General de Juventud

  6. La Dirección General de Acción Cívica y Comunitaria

    1.2 Quedan adscritos en el Departamento de Bienestar Social y Familia:

  7. La Agencia Catalana de la Juventud

  8. El Instituto Catalán de la Adopción

  9. El Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS)

  10. El Instituto Catalán de las Mujeres

  11. El Consejo Nacional de la Juventud

  12. La Agencia de Migraciones de Cataluña, en los términos previstos legalmente

ARTÍCULO 2 Gabinete del/de la Consejero/a

2.1 La unidad de asistencia y apoyo al/a la consejero/a es el Gabinete del/ de la Consejero/a.

2.2 Son funciones del Gabinete del/de la Consejero/a, como a unidad de asistencia del/de la consejero/a, las siguientes:

  1. Dar apoyo y asistir a las actividades del/de la consejero/a.

  2. Coordinar las unidades que dependen.

  3. Cualquier otra función que le encomiende el/la consejero/a.

    2.3 Del Gabinete del/ de la Consejero/a dependen los órganos siguientes:

  4. La Oficina de Relaciones Institucionales.

  5. La Oficina de la Secretaría del Consejero/a.

  6. La Oficina de Comunicación.

  7. La Oficina de Protocolo.

    2.4 La Oficina de Relaciones Institucionales tiene las funciones siguientes:

  8. Hacer el seguimiento y preparar la información necesaria para dar respuesta a las iniciativas del Parlamento de Cataluña y de los informes solicitados por el Síndic de Greuges.

  9. Hacer el seguimiento de la actividad parlamentaria de las otras instituciones estatales y en todos los asuntos que interesen al Departamento de Bienestar Social y Familia.

  10. Elaborar los informes y asesorar, en materia de relaciones institucionales, a la persona titular del Departamento.

  11. Cualquier otra función que, de acuerdo con su naturaleza, le sea encomendada expresamente.

    2.5 La Oficina de la Secretaría del/la Consejero/a tiene las funciones siguientes:

  12. Coordinar y realizar las tareas administrativas de apoyo a la persona titular del Departamento.

  13. Asistir al titular del Departamento en la organización de su agenda de actividades.

  14. Cualquier otra función que, de acuerdo con su naturaleza, le sea encomendada expresamente.

    2.6 La Oficina de Comunicación tiene las funciones siguientes:

  15. Dar apoyo y asistir a la persona titular del Departamento en el ejercicio de sus funciones en materia de medios de comunicación.

  16. Diseñar la política de comunicación del Departamento.

  17. Coordinar las relaciones de los diversos órganos del Departamento con los medios de comunicación.

  18. Hacer el análisis, la difusión interna y la repercusión del contenido informativo de los diferentes medios de comunicación.

  19. Transmitir notas de prensa y comunicados y preparar entrevistas, reportajes y ruedas de prensa.

  20. Elaborar los informes que le sean encargados sobre este ámbito de actuación.

  21. Cualquier otra función que, de acuerdo con su naturaleza, le sea encomendada expresamente.

    2.7 La Oficina de Protocolo tiene las funciones siguientes:

  22. Gestionar las relaciones con la unidad competente en materia de protocolo de la Presidencia.

  23. Coordinar las actividades de protocolo, de actos públicos organizados por el Departamento y de aquéllos en que participa.

  24. Asesorar y asistir, en materia de protocolo, a la persona titular del Departamento.

  25. Cualquier otra función que, de acuerdo con su naturaleza, le sea encomendada expresamente.

ARTÍCULO 3 Secretario/aria general

La persona titular de la secretaría general ejerce las funciones que le atribuye la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, la promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, y las otras que le asigne la normativa vigente y las encomendadas por delegación de la persona titular del Departamento.

ARTÍCULO 4 Estructura de la Secretaría General

4.1 Para el ejercicio de sus funciones, la Secretaría General se estructura en los órganos siguientes:

  1. La Dirección de Servicios.

  2. La Asesoría Jurídica, en los términos que prevé el Decreto 57/2002, de 19 de febrero.

  3. El Gabinete Técnico.

  4. La Área de Promoción de la Accesibilidad y de Supresión de Barreras Arquitectónicas

  5. Los servicios territoriales

    4.2 La Dirección de Servicios, tiene las funciones de administrar, dirigir el régimen interior y gestionar los servicios generales del departamento, así como ejercer las otras funciones que le delegue la persona titular de la secretaría general del Departamento.

    De la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR