Decreto de estructuración del Departamento de Justicia de Cataluña (Decreto 74/2011, de 4 de enero)

Publicado enDOGC
Ámbito TerritorialNormativa de Cataluña
RangoDecreto

Mediante el Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, se ha modificado el ámbito competencial de los diferentes departamentos de la Administración de la Generalidad, la denominación de otros, y se ha reducido el número total de los existentes.

Estos cambios, además, llevan aparejado el propósito de estructurar el Departamento de Justicia de acuerdo con su ámbito de competencias con el objeto de mejorar la eficiencia sin menoscabo de las singularidades de algunos de sus puestos de alto mando.

Por eso, el Departamento de Justicia queda estructurado, con una reducción neta de sus cargos, en la Secretaría General, la Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia, la Dirección General de Régimen Penitenciario y Recursos, cuyas condiciones singulares de mando serán objeto de un tratamiento económico específico, la Dirección General de Ejecución Penal a la Comunidad y Justicia Juvenil y la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas.

Por ello, de conformidad con lo que disponen el artículo 23 de la Ley 13/2008, del 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

A propuesta de la consejera de Justicia y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

ARTÍCULO 1 Estructura del Departamento

1.1 El Departamento de Justicia, bajo la dirección del/de la consejero/a, se estructura en los órganos siguientes:

  1. La Secretaría General.

  2. La Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia.

  3. La Dirección General de Régimen Penitenciario y Recursos.

  4. La Dirección General de Ejecución Penal a la Comunidad y Justicia Juvenil.

  5. La Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas.

    1.2 Quedan adscritos al Departamento de Justicia, mediante la Secretaría General, los organismos siguientes:

  6. El Centro de Iniciativas para la Reinserción.

  7. El Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada.

    ARTÍCULO. 2 Gabinete del/de la Consejero/a

    2.1 La unidad de asistencia y apoyo al/a la consejero/a es el Gabinete del/de la Consejero/a.

    2.2 Son funciones del Gabinete del/de la Consejero/a, como unidad de asistencia del/de la consejero/a, las siguientes:

  8. Dar apoyo y asistir a las actividades del/de la consejero/a.

  9. Hacer el seguimiento de la actividad parlamentaria.

  10. Preparar la información necesaria para dar respuesta a las iniciativas del Parlamento de Cataluña y de los informes solicitados por las otras instituciones de la Generalidad y del Estado.

  11. Elaborar los informes y asesorar en materia de relaciones institucionales a la persona titular del Departamento.

  12. Coordinar las unidades que dependen de él.

  13. Cualquier otra función que le encomiende el/la consejero/a.

    2.3 Del Gabinete del/de la Consejero/a dependen las unidades siguientes:

  14. La Oficina de la Secretaría del Consejero/a.

  15. La Oficina de Comunicación.

  16. La Oficina de Protocolo.

    2.4 La Oficina de la Secretaría del/la Consejero/a tiene las funciones siguientes:

  17. Coordinar y realizar las tareas administrativas de apoyo al titular del Departamento.

  18. Asistir al titular del Departamento en la organización de su agenda de actividades.

  19. Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada expresamente.

    2.5 La Oficina de Comunicación tiene las funciones siguientes:

  20. Dar apoyo y asistir a la persona titular del Departamento en el ejercicio de sus funciones en materia de medios de comunicación.

  21. Diseñar la política de comunicación del Departamento.

  22. Coordinar las relaciones de los diversos órganos del Departamento con los medios de comunicación.

  23. Hacer el análisis, la difusión interna y la repercusión del contenido informativo de los diferentes medios de comunicación.

  24. Transmitir notas de prensa y comunicados y preparar entrevistas, reportajes y ruedas de prensa.

  25. Elaborar los informes que le sean encargados sobre este ámbito de actuación.

  26. Cualquier otra función de naturaleza análoga que le sea encomendada expresamente.

    2.6 La Oficina de Protocolo tiene las funciones siguientes:

  27. Gestionar las relaciones con la unidad...

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