DECRETO FORAL 43/2006, del Consejo de Diputados de 13 de junio, que aprueba la convocatoria y bases reguladoras de subvenciones para la campaña 2005/2006 para el desarrollo del deporte escolar en el Territorio Histórico de Álava a través de entidades sin ánimo de lucro.

SecciónDisposiciones Administrativas
Rango de LeyDecreto foral

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoViernes, 23 de junio de 2006 , * B.O.T.H.A. Num. 70I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Disposiciones y Resoluciones Administrativas I - DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA Ref. 3.972DECRETO FORAL 43/2006, del Consejo de Diputados de 13 de junio, que aprueba la convocatoria y bases reguladoras de subvenciones para la campaña 2005/2006 para el desarrollo del deporte escolar en el Territorio Histórico de Álava a través de entidades sin ánimo de lucro. El Departamento de Cultura, Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Álava, propone la Convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro del Territorio Histórico de Álava, para la campaña 2005/2006, con una dotación de 403.000,00 euros. Por otro lado, se considera necesario establecer unas bases claras y concretas para acceder a estas subvenciones, que garanticen los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, comunes a cualquier convocatoria de subvenciones, tal como prevé la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, de otra parte, la fijación de unos mecanismos que permitan conocer y controlar el destino de estas subvenciones. En su virtud a propuesta del Diputado Foral titular del Departamento de Cultura, Juventud y Deportes y previa deliberación del Consejo de Diputados, en sesión celebrada por el mismo en el día de hoy DISPONGO: Primero.- Aprobar la Convocatoria de subvenciones Convocatoria de subvenciones para el desarrollo del Deporte Escolar en el Territorio Histórico de Álava, a través de entidades sin ánimo de lucro, durante la campaña 2005/2006, con una dotación de 403.000,00 euros. Segundo.- Aprobar las Bases recogidas en el Anexo a este Decreto, que regirán la presente Convocatoria. Tercero.- La consignación presupuestaria que ampara éste gasto, es la 70.1.06.82.06.4.6.1.00.01 "Deporte Escolar", línea 70-0.122, del Presupuesto de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2006. Cuarto.- Hacer público el correspondiente anuncio oficial en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava. Quinto. El estudio y, la concesión o denegación de ayudas económicas, se realizará una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes. Una vez cumplimentados todos los trámites relacionados con cada solicitud se someterán a la consideración del Diputado titular del Departamento, quien resolverá mediante la correspondiente Orden Foral que será motivada. Sexto. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, computándose dicho plazo, a partir de la terminación del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la petición de ayuda. Séptimo. La presente resolución agota la vía administrativa pudiendo interponer, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación de este acto, ante el Diputado Foral titular del Departamento de Cultura, Juventud y Deportes o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de este acto, ante la Jurisdicción competente. Octavo. La resolución de concesión o denegación de la ayuda será notificada a los/as solicitantes según las formas previstas en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En Vitoria-Gasteiz, a 13 de junio de 2006.- El Diputado General, RAMÓN RABANERA RIVACOBA.- El Diputado de Cultura, Juventud y Deportes, FEDERICO VERÁSTEGUI COBIÁN. Anexo I al Decreto Foral BASES CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DEL DEPORTE ESCOLAR EN EL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA, A TRAVÉS DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO. PRIMERA.- Objeto de la convocatoria. Colaborar, dentro de los límites presupuestarios, en la financiación de los gastos ocasionados por la participación en las actividades contenidas en el Programa de Deporte Escolar, para la campaña 2005/2006, y sus Normativas de desarrollo aprobadas mediante Orden Foral número 302/05, de 21 de julio. Estas subvenciones deben entenderse como una contribución que, juntamente con las que puedan realizar otras Entidades tanto públicas como privadas, faciliten su realización, ayudando a sufragar los gastos de las actividades. SEGUNDA.- Entidades beneficiarias. Podrán optar a las subvenciones: a) Los Centros Educativos o las Entidades sin ánimo de lucro vinculadas a los mismos (APAS, etc.), y los clubes y agrupaciones deportivas inscritos en la Campaña de Deporte Escolar 2005/2006. b) Las Federaciones Deportivas Territoriales Alavesas, o entidades en quienes deleguen, como entidades colaboradoras en actividades incluidas en la Campaña de Deporte Escolar 2005/2006. No podrá obtener la condición de beneficiaria, la Entidad solicitante que no se halle al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. TERCERA.- Actividades subvencionables: a) Para las Entidades beneficiarias recogidas en la Base Segunda a), se subvencionarán las actividades realizadas durante el curso 2005/2006, por los siguientes conceptos: 1.- Participación en los Juegos Escolares Deportivos de Álava (competición oficial) y participación en actividades de Iniciación Deportiva escolar. 2.- Desplazamientos correspondientes a la Campaña de deporte escolar 2005/2006, para asistencia a jornadas o encuentros de Juegos Escolares Deportivos de Álava (competición oficial). 3.- Desplazamientos correspondientes a la Campaña de deporte escolar 2005/2006, para actividades internas de Iniciación Deportiva escolar y entrenamientos de equipos o grupos participantes en los Juegos Deportivos Escolares de Álava. b) Para las Entidades beneficiarias recogidas en la Base Segunda b), se subvencionarán las actividades realizadas durante el curso 2005/2006, por los siguientes conceptos: 1.- Asistencia técnica, dirección, coordinación y seguimiento de los aspectos técnicos del desarrollo de actividades incluidas en la Campaña de Deporte Escolar 2005/2006. En lo relativo a las actividades de competición, la asistencia técnica o control técnico de las mismas incluye la elaboración de calendarios y jornadas, la designación y control de los arbitrajes, la recogida de actas, la elaboración y difusión de los calendarios y clasificaciones y la aplicación del régimen disciplinario...

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