Decreto por el que se crea el Conservatorio Profesional de Música y Danza sito en Gijón por transformación del Conservatorio Profesional de Música de la misma localidad. (Decreto 60/2013, de 28 de agosto)

Publicado enBOPA
Ámbito TerritorialNormativa de Asturias
RangoDecreto
PREÁMBULO

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula las enseñanzas elementales y profesionales de música y danza en los artículos 48 a 50 y, en el artículo 111, establece que los centros públicos que ofrecen enseñanzas profesionales y, en su caso, elementales, de música y danza se denominarán conservatorios.

Por su parte, el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, atribuye al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente, en el ámbito de sus respectivas competencias, la creación y supresión de centros públicos, artículo que sigue vigente tras la aprobación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Por Real Decreto 2081/1999, de 30 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado al Principado de Asturias en materia de enseñanza no universitaria, en su virtud, el Principado de Asturias ha asumido la función relativa a la creación, puesta en funcionamiento, modificación, transformación, clasificación, traslado, clausura, supresión, régimen jurídico, económico y administrativo de las unidades, secciones y centros educativos.

Por Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de música reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, estableciendo en su artículo 1 que las enseñanzas profesionales de música tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de quienes en el futuro sean profesionales de la música. La finalidad de las enseñanzas profesionales de música se ordena en tres funciones: formativa, orientadora y preparatoria para estudios posteriores

El Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, también establece en su artículo 8.2 que los centros públicos de enseñanzas artísticas profesionales y, en su caso, elementales, de danza, se denominarán...

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