Decreto de Consejo de Gobierno por el que se regula el Diario Oficial de Castilla La Mancha (Decreto 354/2008, de 23 diciembre)

Publicado enDOCM
Ámbito TerritorialNormativa de Castilla-La Mancha
RangoDecreto

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha es el instrumento a través del cual se da publicidad a las normas jurídicas, requisito de eficacia de estas, así como a los actos administrativos cuando lo exija un determinado procedimiento o lo aconsejen razones de interés público, y a otras informaciones de interés general.

La regulación del Diario Oficial de Castilla-La Mancha por Decreto 196/1993, de 30 de noviembre, estableció como forma de edición el formato papel, aunque permitía la opción de que se editara en soportes electrónicos.

Desde el primer número del Diario Oficial de Castilla-La Mancha (en adelante DOCM) éste se ha editado únicamente en papel, hasta que en 1997 aparece la publicación gratuita en Internet, la cual tenía como soporte oficial la edición en papel.

Si bien esto supuso el inicio del cambio, los nuevos tiempos demandan en este momento un giro radical; así, aprovechando las ventajas que la Sociedad de la Información nos ofrece y asumiendo el compromiso de impulso al acceso electrónico de los servicios públicos, se hace necesario establecer como objetivo prioritario el "DOCM digital", cumpliéndose, de éste modo, la adecuación de esta norma a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (BOE n° 150, de 23 de junio).

La desaparición del tradicional formato en papel responde, asimismo, a factores de tipo económico y medioambiental, a saber: económicos, ya que desde la publicación del DOCM en Internet, el número de suscriptores se ha ido reduciendo, en cambio el número de páginas por ejemplar ha crecido de forma significativa, encareciendo el coste por número editado. Y medioambientales, dado que la publicación electrónica supone un menor impacto ambiental y ecológico al desaparecer los procesos de impresión.

Por todo ello, mediante este Decreto se pretende la desaparición de la edición impresa, y el establecimiento de la edición digital como única publicación, dotando a esta de validez jurídica.

Y todo ello se hace velando por el principio constitucional de la publicidad de las normas garantizado por el artículo 9.3 de la Constitución Española, los artículo 52 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 36 de la Ley 3/1984, de 25 de abril, sobre régimen jurídico del Gobierno y de la

Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que recogen, igualmente, el requisito de la publicación de las normas.

En su virtud, en el ejercicio de la competencia que el artículo 31.1.1a del Estatuto de Autonomía, atribuye a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, a propuesta de la Consejera de Administraciones Públicas y Justicia, y de acuerdo con el Consejo Consultivo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 23 de diciembre de 2008,

Dispongo:

ARTÍCULO 1 Objeto
  1. El presente Decreto tiene por objeto regular el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (en adelante DOCM) y dotar de validez jurídica la edición en soporte digital.

  2. Los documentos publicados en la edición digital tienen la consideración de oficiales y auténticos.

ARTÍCULO 2 Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
  1. El DOCM es la publicación oficial de la Comunidad Autónoma, a través de la cual se da publicidad, en los supuestos previstos en el ordenamiento jurídico y en virtud de los principios constitucionales de publicidad de las normas y seguridad jurídica, a:

    1. Leyes, disposiciones y...

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