Decreto 48/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto
Núm. 160
22 de diciembre de 2018
Fascículo 217 - Sec. I. - Pág. 43303
http://boib.caib.esD.L.: PM 469-1983 - ISSN: 2254-1233
Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO DE GOBIERNO
13348 Decreto 48/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Estudios
Baleáricos
Preámbulo
Mediante el Decreto 55/2012, de 13 de julio, se extinguió el organismo autónomo Instituto de Estudios Baleáricos y se integró en el
Consorcio para el Fomento de la Lengua Catalana y la Proyección Exterior de la Cultura de las Illes Balears (BOIB n.º 101, de 14 de julio de
2012) y, mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2012 (BOIB n.º 101, de 14 de julio de 2012), se autorizó la
modificación del Consorcio para el Fomento de la Lengua Catalana y la Proyección Exterior de la Cultura de las Illes Balears, la
modificación de sus Estatutos y el cambio de denominación a Instituto de Estudios Baleáricos.
El mencionado Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2012 fue derogado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de julio
de 2013 por el que se autoriza la modificación de los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos (BOIB n.º 101, de 20 de julio de 2013),
actualmente en vigor.
El Instituto de Estudios Baleáricos (IEB), al amparo de lo dispuesto en el artículo 2.1. de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Públicoe)
Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, es un consorcio con carácter de ente público, de naturaleza corporativa de base
asociativa, con personalidad jurídica y patrimonio propios, independientes de sus miembros, y que se rige por las disposiciones legales y
reglamentarias propias de su naturaleza y por sus Estatutos. Está integrado por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears, la Universidad de las Illes Balears, el Consejo Insular de Mallorca, el Consejo Insular de Menorca, el Consejo Insular de Ibiza y el
Consejo Insular de Formentera.
De acuerdo con el Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la
estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el IEB está adscrito a la
Consejería de Cultura, Participación y Deportes.
En el ejercicio de su competencia, el Parlamento de las Illes Balears mediante la Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2015, dispuso la creación de la entidad pública empresarial Instituto de Estudios
Baleáricos (artículo 40 de la Ley) de las que prevé el artículo 2.1. de la Ley 7/2010, que tiene como fines generales los relacionados con lab)
enseñanza y la normalización lingüística de la lengua catalana, la promoción de la cultura de las Illes Balears y su proyección exterior, de
acuerdo con sus Estatutos.
de la Ley 13/2014 una vez aprobados los Estatutos de la nueva entidad, se extinguirá el consorcio Instituto deEl artículo 40.6 establece que,
Estudios Baleáricos, mediante la cesión global de activos y pasivos, sin liquidación, en los términos previstos en el artículo 127.5 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por otra parte, la disposición final sexta de la Ley 12/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las
Illes Balears para el año 2016, modificó los apartados 2, 3 y 5 del artículo 40 de la Ley 13/2014.
La disposición final quinta de la Ley 18/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears para el año 2017, modificó el artículo 40 de la Ley 13/2014 y dispuso la creación de la entidad pública empresarial Instituto de la
Lengua y la Cultura de las Illes Balears (ILLENC).
La disposición final decimotercera de la Ley 13/2017, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes
Balears para el año 2018, modificó de nuevo el artículo 40 de la Ley 13/2014 y recuperó el nombre de Instituto de Estudios Baleáricos (IEB).
El artículo 35.1 de la Ley 7/2010 dispone que, una vez en vigor la ley de creación del organismo, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la
persona titular de la consejería de adscripción y con el informe preceptivo de la consejería competente en materia de hacienda y presupuestos,
aprobará los Estatutos por decreto.
Según el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, las administraciones públicas actuarán de acuerdo con los principios de
necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
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Núm. 160
22 de diciembre de 2018
Fascículo 217 - Sec. I. - Pág. 43304
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El Decreto que aprueba los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos se adecua a los principios mencionados. Así, los de necesidad y
eficacia están justificados por la entrada en vigor de la Ley 13/2017, que modifica el artículo 40 de la Ley 13/2014 y dispone la creación de la
entidad pública empresarial Instituto de Estudios Baleáricos, que tiene como fines generales los relacionados con la enseñanza y la
normalización lingüística de la lengua catalana, la promoción de la cultura de las Illes Balears y su proyección exterior. De acuerdo con el
artículo 35.2 de la Ley 7/2010, la tramitación de la norma es el instrumento más adecuado para garantizar la consecución de estos fines.
Asimismo, la norma se adecua al principio de proporcionalidad, dado que la iniciativa que se propone contiene la regulación imprescindible
para atender la necesidad que debe cubrir, y al principio de seguridad jurídica, porque esta iniciativa normativa se ejerce en coherencia con el
resto del ordenamiento jurídico. Se cumple también el principio de transparencia, porque se ha garantizado la participación ciudadana antes y
durante el procedimiento de elaboración de la norma. Finalmente, la norma se adecua al principio de eficiencia porque, con el fin de
racionalizar la gestión de los recursos públicos, el Decreto no prevé cargas administrativas innecesarias o accesorias para la consecución de
los objetivos finales.
Por todo ello, a propuesta de la consejera de Cultura, Participación y Deportes, con el informe previo favorable de la Consejería de Hacienda
y Administraciones Públicas, de fecha 12 de noviembre de 2018, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión de 21 de
diciembre de 2018,
DECRETO
Artículo único
Aprobación de los Estatutos del Instituto de Estudios Baleáricos
Se aprueban los Estatutos de la entidad pública empresarial Instituto de Estudios Baleáricos, creada por el artículo 40 de la Ley 13/2014, de
29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2015, los cuales constan como anexo
de este decreto.
Disposición adicional primera
Denominaciones
Las referencias genéricas a las formas masculinas expresadas a lo largo del texto se deben entender como referidas al género masculino y al
femenino indistintamente.
Disposición adicional segunda
Extinción del consorcio Instituto de Estudios Baleáricos
La aprobación de estos estatutos determina la extinción del consorcio Instituto de Estudios Baleáricos, mediante la cesión global de activos y
pasivos, sin liquidación, a la entidad pública empresarial Instituto de Estudios Baleáricos, de acuerdo con lo que prevé el artículo 40.6 de la
Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2015, en relación
con el artículo 127.5 de la Ley 40/23015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Disposición derogatoria única
Normas que se derogan
Quedan derogadas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a este decreto, lo contradigan o sean incompatibles con lo que
dispone.
Disposición final única
Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 21 de diciembre de 2018
La presidenta
La consejera de Cultura, Participación y Deportes Francesca Lluch Armengol i Socias
Francesca Tur Riera
http://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2018/160/1024630

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