Decreto 45/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece la reserva marina de la costa noreste de Ibiza-Tagomago y se regulan en ella las actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto
Núm. 157
15 de diciembre de 2018
Fascículo 212 - Sec. I. - Pág. 42355
http://boib.caib.esD.L.: PM 469-1983 - ISSN: 2254-1233
Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO DE GOBIERNO
12982 Decreto 45/2018, de 14 de diciembre, por el que se establece la reserva marina de la costa noreste de Ibiza-Tagomago y se regulan en ella las
actividades de extracción de flora y fauna marina y las actividades subacuáticas
PREÁMBULO
I
Las reservas marinas son áreas marinas donde se limita la explotación de los recursos marinos vivos para incrementar la repoblación de alevines y fomentar la proliferación de las especies marinas
objeto de explotación o proteger los ecosistemas marinos con características ecológicas diferenciadas. De acuerdo con el artículo 8.3 de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo
y acuicultura en las Illes Balears, puede ser objeto de regulación en el seno de las reservas marinas cualquier actividad que pueda afectar a los recursos marinos vivos, y lo tienen que ser necesariamente
todas las actividades de extracción de flora o fauna marinas y las actividades subacuáticas.
Al amparo del Decreto 91/1997, de 4 de julio, de protección de los recursos marinos de la comunidad autónoma de las Illes Balears, el Gobierno de las Illes Balears ha establecido, desde 1999, una red
de reservas marinas en el litoral balear que ha demostrado ser una herramienta de gestión importante para recuperar las poblaciones de peces comerciales y para conservar los hábitats naturales marinos.
Mediante el Decreto 41/2015, de 22 de mayo, por el que se regulan las actividades de extracción de flora o fauna marina y las actividades subacuáticas en las reservas marinas de las aguas interiores del
litoral de las Illes Balears, se fijan unos principios comunes en materia de reservas marinas en el ámbito de las Illes Balears y se establecen los requisitos mínimos que debe cumplir cualquier área
marina que se declare reserva.
II
La creación de una nueva reserva marina en las aguas interiores de la costa noreste de Ibiza y del entorno del islote de Tagomago producirá un incremento sustancial de las poblaciones de peces
comerciales dentro de la reserva marina y sus alrededores, lo que favorecerá al sector pesquero artesanal de Ibiza y las actividades económicas relacionadas con la observación de los peces y la pesca
recreativa de superficie.
El área marina de la costa noreste de Ibiza-Tagomago presenta un considerable valor ecológico y pesquero, dado que, tal y como pone de manifiesto el estudio científico presentado por el Consejo
Insular de Ibiza, tiene una importancia capital para la flota de artes menores de Ibiza e incluye una serie de «puntos calientes» de biodiversidad marina donde coinciden la actividad pesquera profesional,
la recreativa y otras actividades económicas, en particular el buceo turístico. La zona propuesta como reserva marina tiene gran diversidad de comunidades marinas, como son praderas de Posidonia
, comunidades de , comunidades de algas fotófilas y comunidades de algas esciófilas y hemiesciófilas, ambas ligadas a fondos rocosos, comunidades de arenas finas, arenasoceanica Cymodocea nodosa
gruesas y medianas en las que se pueden encontrar fondos de rodolitos o coralígenos, etc. Además, la batimetría de la zona muestra varios arrecifes submarinos que emergen, como son las losas de Santa
Eulària y de Es Figueral, y otros que no, como los arrecifes de Cala Mestella o Cala Jonc.
http://www.caib.es/eboibfront/pdf/es/2018/157/1023899

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