Decreto 25/2017, de 19 de mayo, por el que se crea el IES Can Balo, en el Pont d’Inca, en el término municipal de Marratxí

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

La creación de centros públicos corresponde a los gobiernos autonómicos, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, según la redacción fijada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), regula la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y la formación profesional en el capítulo III, IV y V, respectivamente.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de abril, establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, establece en su artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades de acuerdo con lo que dispone el artículo 27 de la Constitución.

El Decreto 120/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria, regula, en su artículo 2, la creación, la modificación y la supresión de los institutos de educación secundaria obligatoria.

La Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, modificada por la Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre, define, en su artículo 7, las medidas que se pueden imponer a los menores. Entre estas medidas están las de internamiento en régimen cerrado, semiabierto o abierto, que suponen que las personas que están sometidas a estas residen en el centro correspondiente y desarrollan en él las actividades formativas, educativas y de ocio. El artículo 57 establece, entre los deberes de los menores internados, el de recibir la enseñanza básica obligatoria que legalmente les corresponda.

El artículo 37.1 del Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000, desarrolla este derecho y establece que la entidad pública y el organismo que en el territorio respectivo tenga atribuida la competencia en la materia tienen que adoptar las medidas oportunas para garantizar el derecho de los menores internados a recibir la enseñanza obligatoria que legalmente les corresponda, sea cual sea su situación en el centro. También tienen que facilitar a los menores el acceso a los otros...

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