Decreto 20/2015, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación en materia turística; de regulación de órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Illes Balears, y de regulación y clasificación de las empresas y de los establecimientos turísticos, dictado en desarrollo de la Ley 8/2012, de 19 de julio, de Turismo de las Illes Balears

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

ÍNDICE

Preámbulo
Título I Disposiciones generales

(artículos 1 y 2)

Título II Principios generales
Capítulo I Principios generales relativos al inicio de la actividad turística y al procedimiento de inscripción en los registros de carácter turístico
Sección 1ª Inicio de las actividades turísticas (artículo 3)
Sección 2ª Comunicación previa (artículo 4)
Sección 3ª Disposiciones comunes a la DRIAT y a la comunicación previa (artículo 5)
Sección 4ª Inscripción en el Registro de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos (artículos 6 a12)
Capítulo II Principios generales relativos a las comisiones de valoración de dispensas de carácter turístico (artículos 13 a 17)
Capítulo III Principios generales relativos a las oficinas únicas de la Administración turística (artículos 18 y 19)
Capítulo IV Principios generales referentes a la inspección turística (artículos 20 a22)
Capítulo V Principios generales relativos a los planes de intervención en ámbitos turísticos (artículos 23 y 24)
Capítulo VI Principios generales respecto a los informes previstos en la disposición adicional undécima de la Ley 8/2012 (artículos 25 y 26)
Capítulo VII Principios generales relativos a los planes de desarrollo turístico insular y municipal (artículos 27 y 28)
Capítulo VIII Principios generales relativos a la declaración de interés turístico (artículos 29 a 35)
Capítulo IX Principios generales relativos al procedimiento, las condiciones y los requisitos para la adquisición de plazas en el órgano de gestión de las plazas dadas de baja definitiva (artículos 36 a 39)
Título III Órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Illes Balears
Capítulo I Consejo Asesor de Turismo de las Illes Balears (artículos 40 a 54)
Capítulo II Comisión Interdepartamental de Turismo (artículos 55 a 63)
Capítulo III Mesa Municipal de Turismo de las Illes Balears (artículos 64 a 69)
Título IV Declaración de municipio turístico
Capítulo I Finalidad, requisitos y elementos necesarios para obtener la declaración de municipio turístico (artículos 70 y 71)
Capítulo II Procedimiento y efectos de la declaración de municipio turístico (artículos 72 a82)
Título V Regulación y clasificación de las empresas y de los establecimientos turísticos
Capítulo I Información, derechos y deberes del consumidor y del usuario en relación con los establecimientos y los servicios turísticos (artículos 83 a 85)
Capítulo II Empresas turísticas de alojamiento
Sección 1ª Información que deben suministrar los establecimientos de alojamiento turístico y régimen de precios, publicidad y reservas de las empresas turísticas de alojamiento (artículos 86 y 87)
Sección 2ª Régimen de usos secundarios compatibles (artículo 88)
Sección 3ª Explotación conjunta de establecimientos turísticos (artículo 89)
Sección 4ª Establecimientos de alojamiento hotelero y apartamentos turísticos sujetos a clasificación obligatoria (artículos 90 a 100)
Sección 5ª Alojamientos de turismo de interior (artículo 101)
Sección 6ª Alojamientos de turismo rural (artículos 102 a 104)
Sección 7ª Hospederías (artículo 105)
Capítulo III Empresas comercializadoras de estancias turísticas en viviendas (artículos 106 a 109)
Capítulo IV Empresas turístico-residenciales (artículo 110)
Capítulo V Empresas turísticas de restauración (artículos 111 a 114)
Capítulo VI Empresas de intermediación turística (artículos 115 a 116)
Capítulo VII Empresas de actividades turísticas de entretenimiento, recreo, deportivas, culturales, lúdicas y de turismo activo (artículos 117 a 124)
Capítulo VIII Empresas de alquiler de vehículos sin conductor o rent a car (artículo125)
Capítulo IX Plan de modernización y seguridad (artículos 126 a 134)
Capítulo X Empresas de actividades de información, orientación y asistencia turística. Guías de turismo (artículos 135 a 146)
Capítulo XI Actividades de entretenimiento y restauración en embarcaciones (artículo 147)
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