Decreto 17/2015, de 10 de abril, de aprobación de los Estatutos de la entidad pública empresarial Instituto Balear de la Vivienda

SecciónI. Disposiciones generales
EmisorCONSEJO DE GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

De acuerdo con la autorización establecida en la disposición transitoria tercera de la Ley 5/1986, de 6 de junio, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 1986, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears constituyó, mediante el Decreto 113/1986, de 30 de diciembre, el Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI) como una empresa pública con la naturaleza de entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de marzo de 1987 le adscribió los bienes y derechos que en esta materia le había transferido el Instituto para la Promoción Pública de Vivienda.

Este Decreto de constitución, así como la posterior normativa que lo modificó (los decretos 66/1990, de 28 de junio; 83/1994, de 30 de junio; 2/1997, de 10 de enero; 144/1997, de 21 de noviembre, 49/1998, de 24 de abril; 195/1999, de 3 de septiembre, y 220/1999, de 8 de octubre), fueron derogados por el Decreto17/2000, de 11 de febrero, de regulación del Instituto Balear de la Vivienda.

El mencionado Decreto 17/2000, de 11 de febrero (modificado por los decretos34/2004, de 2 de abril; 60/2004, de 2 de julio; 113/2007, de 24 de agosto, y 123/2003, de 18 de julio), fue derogado por el Decreto 54/2009, de 11 de septiembre, de regulación del Instituto Balear de la Vivienda, modificado por el Decreto 79/2011, de 15 de julio, y actualmente en vigor.

La Ley 7/2010, de 21 de julio, del Sector Público Instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, regula el régimen general de creación, organización y funcionamiento del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma e incide especialmente en el régimen de control y tutela de los entes instrumentales con la pretensión esencial de conseguir una actuación transparente en la gestión de los intereses públicos presidida por criterios de buen gobierno, profesionalidad e integridad de los gestores públicos. Esta Ley prevé diversas medidas tendentes a racionalizar la utilización del abanico de entes instrumentales y a limitar el gasto público, potenciando los mecanismos de control financiero y estableciendo nuevas medidas de control.

La finalidad principal de este Decreto es adaptar el Instituto Balear de la Vivienda al régimen jurídico previsto por la Ley 7/2010 para las entidades públicas empresariales.

La citada Ley 7/2010, de 21 de julio, establece en su disposición transitoria...

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